Crea IEE Comisión Temporal para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales

0

*Dará seguimiento a los avisos presentados por tres organizaciones de ciudadanos que pretenden constituirse en partido político en el estado, denominadas “Frente Humanista Colimense”, “Comité Fundador del Partido Colimote” y “Nueva Generación Azteca A.C., A.P.N”.

Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Colima, aprobó la creación de la Comisión Temporal para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales, la cual estará integrada por los consejeros electorales: Lic. Raúl Maldonado Ramírez, Mtra. Noemí Sofía Herrera Núñez y Mtra. Isela Guadalupe Uribe Alvarado.

Dentro de las funciones de la nueva Comisión están el diseñar, coordinar, evaluar y dar seguimiento al procedimiento, examinar los documentos de la solicitud de registro a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos y del procedimiento de constitución señalados en la Constitución Federal y Local, así como en la Ley General de Partidos Políticos y el Código Electoral del Estado de Colima; además de presentar al Consejo General el proyecto de dictamen en el que resolverá lo conducente respecto a cada solicitud de registro.

Durante la Segunda Sesión Ordinaria del Periodo Interproceso 2015-2017 celebrada este viernes, el Consejo General también aprobó la procedencia de las presentaciones de aviso entregadas por tres organizaciones de ciudadanos que pretenden constituirse en partido político en el estado, denominadas “Frente Humanista Colimense”, “Comité Fundador del Partido Colimote” y “Nueva Generación Azteca A.C., A.P.N”;  a quienes se les estará notificando sobre la creación de la Comisión antes mencionada.

En este tenor, se inicia el trámite correspondiente para el seguimiento del procedimiento previsto en los artículos 10 al 18 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) y 45 al 48 del Código Electoral del Estado (CEE), los cuales establecen los lineamientos que deberán cumplir dichas organizaciones para obtener su registro ante el IEE, y con base a las leyes electorales, sería hasta el próximo año cuando, en su caso, se les entregaría el registro como partido político local.

Con base al Artículo 45 del Código, las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político estatal, deberán presentar una declaración de principios y, en congruencia con éstos, su programa de acción y los estatutos que normarán sus actividades; además de contar con militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios o

distritos locales uninominales del estado, los cuales deberán contar con credencial cuyos domicilios corresponderán a dichos municipios o distritos; “bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes en la entidad podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate”.

De igual forma el órgano electoral local notificará al Instituto Nacional Electoral (INE), para que realice la verificación del número de afiliados y de la autenticidad de las afiliaciones al nuevo partido. Así, sería hasta el próximo año cuando, en su caso, el IEE resolvería y entregaría el registro de partido político local a las organizaciones de ciudadanos que hayan cumplido con lo establecido en dichos ordenamientos electorales.