Congreso le pide a Segob modifique reglamento de multas en red carretera

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Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Por estimar que en ocasiones las multas en la red carretera nacional pueden considerarse excesivas, el Congreso del Estado exhortó al Gobierno Federal a reformar el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

A través de un punto de acuerdo presentado por la diputada Esperanza Alcaraz Alcaraz, el exhorto a la Comisión Nacional de Seguridad de la Secretaría de Gobernación, es   para que en la imposición de multas que prevé el  ordenamiento mencionado, se tome en cuenta la individualización de las mismas

La legisladora por el municipio de Armería indicó que la Constitución Mexicana en su artículo 22 prohíbe la multa excesiva, prohibición constitucional que la Suprema Corte de Justicia de la Nación interpreta como aquella que es desproporcionada a las posibilidades económicas del infractor en relación a la gravedad del ilícito.

La SCJN también considera excesiva una multa, cuando ésta se propasa, va más adelante de lo lícito y lo razonable, y señala también que una multa puede ser excesiva para unos, moderada para otros y leve para muchos.
La diputada priista estimó que para que una multa no sea contraria al texto constitucional, debe establecerse en la norma que la autoridad facultada para imponerla, tenga posibilidad de determinar su monto o cuantía.

Alcaraz Alcaraz planteó que al imponer una multa en la red carretera federal, la autoridad debe tomar en cuenta la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, la reincidencia y cualquier otro elemento del que pueda inferirse la gravedad o levedad del hecho infractor, para así determinar individualizadamente la multa que corresponda.

Aseguró que esa disposición constitucional  no se contempla en las infracciones que la Policía Federal Preventiva impone a los infractores, puesto que por una parte los montos de las sanciones son sumamente altos, como se puede inferir del contenido establecido por el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, el cual prevé una sanción de dos mil 804 a tres mil 505 pesos, para el caso de ascenso o descenso de pasajeros en la superficie de rodamiento.

Finalmente, apuntó que las sanciones que se señalan en el citado Reglamento carecen de una correcta individualización, puesto que en ningún apartado se aprecia que la autoridad deba tomar en cuenta la gravedad de la infracción, pero sobre todo, la capacidad económica del infractor.