Ayuntamientos dan revés y no pasa reforma Constitucional para aumentar a 5 el número de Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa

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*Cinco municipios la votaron en contra; se requerían 6 municipios para que fuera aprobada y sea reforma Constitucional.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  Los cabildos de Colima, Cuauhtémoc, Comala, Ixtlahuacán y Villa de Álvarez, rechazaron y votaron en contra de la Reforma Constitucional, impulsada por la Gobernadora Indira Vizcaíno Silva, que pretendía aumentar a 5 el número de Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa de Colima (TJAC), con lo cual se “desecha” la reforma aprobada el pasado 24 de mayo por los diputados de Morena, Partido Verde Ecologista, del Trabajo y, en esta ocasión, contando con el apoyo de un diputado de la fracción del PRI, un diputado sin partido y un diputado de Movimiento Ciudadano.

Extraoficialmente, y confirmado por el diputado independiente Ignacio Vizcaíno Ramírez, se dio a conocer que esta tarde los cabildos mencionados notificaron oficialmente al Congreso del Estado haber celebrado sus respectivas sesiones de cabildos, en las cuales la mayoría de integrantes de las mismas “votaron en contra de la aprobación para modificar la Constitución del Estado Libre y Soberano de Colima para aumentar de 3 a 5 el número de magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA)”.

Es de señalar que para ser declarada legal una Reforma Constitucional, además de la aprobación del Congreso del Estado, se requería que al menos 6 de los 10 cabildos del Estado votarán a favor las reformas mencionadas.

Lo cual no ocurrió y por lo que se desecha la Reforma promovida y enviada al Congreso por la Gobernadora Indira Vizcaíno.

De acuerdo con el dictamen presentado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, se reformó el Artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

El Tribunal de Justicia Administrativa actualmente se encuentra conformado por 3 magistrados: Andrés Gerardo García Noriega, Yarazeth Candelaria Villalpando Valdez y Guillermo de Jesús Navarrete Zamora, ese último electo recientemente.

De acuerdo con lo preceptuado por el Artículo 77 hasta antes de ser modificado, se establecía que “el Tribunal (TJA) será colegiado y estará integrado por 3 magistrados, quienes deberán cumplir los mismos requisitos previstos en el Artículo 69 de esta Constitución para ser magistrado del Supremo Tribunal de Justicia; durarán 6 años en el ejercicio de su encargo y durante ese solo periodo podrán ser removidos por las causas graves que señale la ley”.

Con la reforma aprobada por 18 votos a favor y 7 en contra, dicho artículo quedó de la siguiente manera: “El Tribunal será colegiado y estará integrado por 5 magistraturas. Las personas que las ocupen deberán cumplir los requisitos del Artículo 69 de esta Constitución para ser magistrado o magistrada del Supremo Tribunal de Justicia, teniendo las garantías de estos; durarán 6 años en el ejercicio de su encargo y durante este solo podrán ser removidos de conformidad con lo que establece esta Constitución y la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

De acuerdo con la propia Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, se establece que “el titular del Poder Ejecutivo propondrá al Congreso del Estado el nombramiento de las personas que considere idóneas para ocupar el cargo de magistrado. El Congreso hará la designación dentro del plazo de 10 días hábiles, mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes y previa comparecencia de las personas propuestas. Si el Congreso no resuelve dentro del plazo indicado, se tendrá por aprobada la propuesta presentada por el Ejecutivo del estado.

“Si el Congreso niega la aprobación dentro del plazo indicado, lo notificará al titular del Poder Ejecutivo, quien deberá realizar una segunda propuesta, procediéndose en los mismos términos del párrafo anterior. En caso de que el Congreso rechace 2 propuestas sucesivas de nombramiento, se tendrá por aprobada la que libremente determine el Ejecutivo”.