Aprueba el Congreso creación de Fideicomiso para solucionar crisis financiera del Ipecol

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*Se crea con los ingresos derivados de la recaudación del Impuesto a la Transmisión de la Propiedad de Vehículos Automotores.

Alfredo Quiles Cabrera| CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El pleno de la Sexagésima Primera Legislatura Local aprobó esta mañana la creación de un Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago que deberá constituir el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima, como garantía y/o fuente de pago de las obligaciones a cargo del Gobierno del Estado de Colima y a favor del Instituto de Pensiones de Colima (IPECOL), derivadas del Convenio de Pago y con lo cual se pretende resolver la “crisis financiera de dicha institución” con una deuda histórica superior a los 675 millones de pesos.

En sesión ordinaria del Congreso del Estado, se presentó el proyecto de decreto elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que reforma la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado y cuya propuesta al Poder Legislativo fue presentada por la Gobernadora Indira Vizcaíno para dar solución definitiva este tema.

En dicho decreto aprobado por unanimidad de diputados, se desprende que se autoriza dejar sin efectos el convenio de pago celebrado entre el Instituto de Pensiones de los servidores Públicos del Estado de Colima (IPECOL) y el Gobierno del Estado de Colima, de fecha 30 de abril de 2019; y ordena que, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto se celebre un nuevo instrumento jurídico que se ajuste a los parámetros establecidos en esta reforma, plazo que se podrá prorrogar con el consentimiento del IPECOL e informando las causas a esta Soberanía.

Asimismo, se autorizó al Gobierno del Estado de Colima para que, a través de sus representantes legales, “afecte irrevocablemente los ingresos derivados de la recaudación del Impuesto a la Transmisión de la Propiedad de Vehículos Automotores, al Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago que deberá constituir el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima, como garantía y/o fuente de pago de las obligaciones a cargo del Gobierno del Estado de Colima y a favor del IPECOL, derivadas del Convenio de Pago”.

De la misma manera, se autoriza al Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima para que, a través de sus representantes legales o servidores públicos facultados constituya en su carácter de Fideicomitente, un fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago, con la institución fiduciaria de su elección, que funja como mecanismo de pago de las obligaciones que deriven del Convenio de Pago, el cual deberá permanecer vigente en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Gobierno del Estado de Colima y a favor del IPECOL.

Se establece que los gastos y costos inherentes a la constitución y administración del Fideicomiso, incluyendo los honorarios fiduciarios, se deberán cubrir con cargo al patrimonio del Fideicomiso o con aportaciones adicionales del Fideicomitente al mismo El Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima deberá incluir anualmente en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal el monto para el pago de las obligaciones derivadas del Convenio de Pago, hasta la total liquidación del adeudo.

El Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima deberá constituir en el fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago, con cargo a sus recursos, un fondo de reserva equivalente al promedio mensual de las amortizaciones, actualizable anualmente, para el pago de lo adeudado al IPECOL, sin perjuicio de pactar todas las demás obligaciones de hacer y no hacer.

Se autoriza al Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima y al IPECOL para que, a través de sus representantes legales o servidores públicos facultados celebren y/o suscriban todos los documentos, contratos, convenios, mecanismos, instrucciones irrevocables, mandatos o cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar lo autorizado en la presente reforma, con las características, montos, condiciones y términos que constan en el mismo así como la(s) afectaciones que se requieran para constituir la fuente de pago para el cumplimento de las obligaciones asociadas al adeudo a cargo del Gobierno del Estado y a favor del IPECOL.

Tanto el IPECOL como el Gobierno del Estado de Colima deberán conciliar y empatar las cantidades adeudadas al primero de ellos y reconocerlas, realizando los ajustes necesarios en sus respectivas contabilidades, a través del Consejo Directivo del IPECOL y la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración por parte del Gobierno del Estado, con el objeto de evitar disparidad entre ambas entidades, lo cual se establece para los efectos conducentes.