Abril, mes de la Declaración Anual para las personas físicas

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Edgardo Zamora|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria informó de las facilidades para que las personas físicas presenten su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta del Ejercicio Fiscal 2017.

El administrador de Servicios al Contribuyente de Colima, Luis Roberto Téllez Girón Gómez, recordó que están obligados a presentar esta declaración quienes obtienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales, que realizan actividades empresariales, por arrendamiento o intereses, así como asalariados con dos o más fuentes de ingreso, entre otros que marca la ley.

“En 2018 es la primera vez que para la declaración anual se utiliza directamente la información vertida en las facturas electrónicas a diferencia de otros años que se obtenían de las declaraciones informativas de terceros y las declaraciones mensuales”.

Las personas físicas obligadas a presentar declaración son aquellos que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamientos, intereses, asalariados con dos o más patrones o con otra actividad entre otros.

Téllez Girón dijo que como una facilidad los asalariados que sólo tengan un patrón no están obligados a declarar pero si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo favor pueden presentar su declaración en cualquier momento del año.

“Para facilitar el cumplimiento de esta aplicación, es gracias a la información que provee la factura electrónica el SAT  pone a disposición de los contribuyentes una propuesta de declaración por lo que sólo se tiene que regresar a aceptar y enviar”.

Las deducciones personales que se puede llegar a obtener un saldo a favor ya están pre llenados en la declaración y corresponden a los gastos hechos el año pasado por los contribuyentes siempre que se haya pedido factura y se haya pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Algunos de ellos son honorarios médicos, dentales, de psicólogo y nutriólogo, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por  créditos hipotecarios para casa-habitación, colegiaturas entre otros.

Por su parte, Alma Delia Dueñas expresó que la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración anual es el 30 de abril, informó que el horario de atención de la administración de servicios al contribuyente de Colima es del 2 al 20 de abril y será de 8:00 a 16:00 horas; a partir del 23 hasta las 17:00 horas, los sábados 21 y 28 de abril de 9:00 a 15:00 horas y el 30 de abril hasta el último contribuyente.