*La posesión y el consumo personal no están prohibidos, siempre y cuando no exista intención de venta, distribución o comercialización.
Alfredo Quiles Cabrera| CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- A partir de hoy 16 de enero de 2026, entra en vigor la prohibición absoluta de la comercialización, importación y venta de vapeadores y cigarrillos electrónicos, incluidos todos sus dispositivos, accesorios y sustancias asociadas, según se publica este día en el Diario Oficial de la Federación.
La medida deriva de una reforma a la Ley General de Salud, publicada oficialmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y forma parte de una estrategia del gobierno federal para reforzar la protección de la salud pública y limitar el acceso a estos productos, especialmente entre niñas, niños y jóvenes.
De acuerdo con lo establecido en el decreto difundido por el DOF y con los argumentos presentados por la Secretaría de Salud, la nueva norma busca frenar la circulación de dispositivos electrónicos para fumar ante los riesgos sanitarios documentados en informes oficiales.
La disposición aplica en todo el territorio nacional y marca un cambio relevante en el marco regulatorio vigente.
Es de mencionar que la reforma a la Ley General de Salud introduce una prohibición total sobre diversas actividades relacionadas con los dispositivos electrónicos para fumar.
En concreto, la normativa establece que queda prohibido: la fabricación, preparación, distribución, envasado, transporte, almacenamiento, comercio, venta y suministro de vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos análogos.
También la comercialización de productos desechables, recargables, de un solo uso o sin nicotina; la circulación de accesorios, refacciones y sustancias empleadas en estos dispositivos; cualquier forma de publicidad, promoción o propaganda, tanto en medios tradicionales como en plataformas digitales y redes sociales.
Según el texto legal publicado en el DOF, la intención es cerrar por completo la cadena de suministro para impedir que estos productos sigan disponibles en el mercado mexicano.
La reforma es clara al señalar que la restricción no distingue entre dispositivos con o sin nicotina. Todos los vapeadores y cigarros electrónicos, independientemente de su contenido o presentación, quedan incluidos dentro de la prohibición.
Uno de los puntos que más dudas ha generado entre los usuarios es el relacionado con la posesión y el consumo personal. El texto legal establece que: la posesión y el consumo personal no están prohibidos, siempre y cuando no exista intención de venta, distribución o comercialización.
La Ley General de Salud faculta a las autoridades para aplicar medidas administrativas contra quienes violen la prohibición. Entre ellas se incluyen: decomisos de productos; clausura temporal o definitiva de establecimientos; otras sanciones previstas en la legislación sanitaria vigente, dependiendo de la gravedad de la falta.
Estas acciones estarán a cargo de las autoridades sanitarias y de verificación correspondientes.
Motivos y contexto de la prohibición en México
De acuerdo con el Gobierno federal y el Congreso de la Unión, la reforma responde a la preocupación por los riesgos a la salud asociados al uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos.

