URGE TIPIFICAR COMO DELITO EL INCESTO EN COLIMA: MARIO GARCÍA SOLÓRZANO

    0

     

    Los restos de la niña fueron localizados en un potrero de la colonia Prados del Sur, cerca de las vías del tren. Así, la procuradora Yolanda Verduzco Guzmán informó que con este hallazgo se esclarecía la desaparición de la menor reportada en diciembre de 2010.

    El individuo detenido por este hecho es Gilberto Delgado Martínez, abuelo de la niña, quien fue puesto a disposición del Ministerio Público. La menor tenía entre 8 y 10 años, había sido asfixiada por su abuelo por temor a que lo denunciara luego de abusar sexualmente de ella.

    También en junio del año pasado una menor relató ante la psicóloga del DIF en Manzanillo que su padre había abusado sexualmente de ella cuando éste se encontraba bajo los influjos de la droga y el alcohol. El acusado la obligó a tener relaciones sexuales, además la amenazó si contaba a la familia lo sucedido.

    En otro caso más ocurrido a finales de 2008, otro hombre del puerto fue acusado de violación en agravio de su propia hija, quien contaba con 3 años de edad. En su denuncia la mamá de la menor señaló que el día de los hechos por la tarde salió en compañía de una de sus hijas, dejando a la menor ofendida dormida en su recámara y su cónyuge viendo la televisión.

    Dijo que horas más tarde llegó y luego despertó la menor ofendida y le pidió que la llevara al baño y una vez ahí observó que su calzón estaba manchado de sangre preguntándole de inmediato qué le había ocurrido.

    La infante de inmediato le señaló que su progenitor la había tocado, por lo que salió de su casa y se dirigió a un nosocomio informándole el doctor que tendría que acudir al ministerio público para que pusiera la denuncia y para que un médico legista la revisara y así lo hizo.

     

    SIN HUELLA

    No existe un registro nacional de niñas y niños víctimas de todas las formas de abuso sexual, a pesar de ser un delito que va en ascenso, según la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), organización que asegura que México carece de información sistemática que muestre la magnitud del problema.

    En Colima, durante el 2010 se dieron 61 delitos sexuales (violación), y más de 100 de “otros delitos sexuales”, según la página de Transparencia de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE); mientras que en el primer trimestre de este año van 28 delitos sexuales y 24 de otra índole con carácter sexual.

    Por otro lado la procuraduría del Distrito Federal informó que los casos de abuso sexual y violaciones contra menores de edad —en su mayoría niñas— sumaron 4 mil 742 de 2006 a 2009, y no hubo registro de alguna denuncia por incesto.

    Pero a pesar de que constantemente la dependencia de gobierno en el estado emite comunicados de prensa en donde se ven abusos de padres, tíos y otros familiares hacia sus hijos, no existe un conteo fiel del problema en la entidad.

    La fundadora y directora de la Asociación para el Desarrollo Integral de Personas Violadas A.C. (ADIVAC), Laura Martínez Rodríguez, anota que la falta de denuncias por el delito de incesto se debe a que las niñas víctimas no hablan al respecto. Refiere que en gran medida ese silencio se debe a la educación estereotipada que se da a las niñas para “darse a los demás”. La mayoría de ellas piensa que al ser tocadas sexualmente por algún familiar es una forma de demostrar “que se les quiere” y que así se toca a “todas las niñas”.

    Martínez Rodríguez aclara que cuando esos casos se logran denunciar son juzgados como abuso sexual o violencia sexual y no por incesto, a pesar de que tienen características diferentes, lo que impide que haya una evidencia al del problema.

    Por otro lado, desde hace más de doce años, tampoco existe la figura de incesto en el Código Penal del Estado de Colima. Mientras el Código publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, de 1985; mencionaba al incesto —en el artículo 167 del capítulo IV de la en la Sección Tercera de “Delitos contra la familia”; con una sanción de uno a seis años de prisión y multa hasta por 70 unidades—; actualmente, desde las reformas anteriores a 1999, no aparece este delito como tal. Actualmente todo se ha concentrado en abuso sexual y violación en sus diferentes formas.

    Así, a quien comete incesto en Colima, se le sentencia por delito de violación, con una pena mínima de 25 años de prisión. No obstante esta figura aparece todavía en alguna codificación penal de los estados, como en el código penal federal, que tiene aplicación en el DF como fuero común, y de aplicación general en todo el país, aunque en Colima no aplica, “solamente se da en algunos casos específicos que ocurran en el tránsito de la república”, expone el presidente del Colegio de Abogados Penalistas en el estado, Mario García Solórzano.

    El artículo 272 del Código Penal federal señala que en el delito de incesto se sancionará a los ascendientes (padres, abuelos, tíos, bisabuelos) que tengan relaciones sexuales con sus descendientes. Las sanciones son diferentes, la pena va de uno a seis años de prisión; en el caso de los descendientes la pena de cárcel será de seis meses a tres años. Igual que a los descendientes se aplicará pena en el caso de incesto entre hermanos.

    A excepción de Puebla y Tlaxcala, el resto de las entidades federativas contemplan el delito de incesto en sus Códigos Penales. Chiapas, el DF, Oaxaca, Sonora, Baja California, Chihuahua y el Estado de México lo consideran un delito “contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual”.

    Guerrero, Morelos y Veracruz lo estipulan como un delito “contra la familia”. Las demás entidades lo consideran como parte de los delitos sexuales.

     

    INCESTO = VIOLACIÓN

     

    En Colima el código penal desapareció la figura de incesto y otras más, como el adulterio, la bigamia, que se encuadran en el título quinto en el apartado “Delitos contra la libertad y la seguridad sexual”, por lo que si se da uno de estos delitos se procede por el de violación, dependiendo las circunstancias, la edad, y otros elementos.

    Pero habría que ver la definición, advierte Mario García, porque todo lo que sea relacionado con la libertad sexual será juzgado con el mismo delito, por lo que hace un llamado a los diputados locales y al Supremo Tribunal de Justicia para que “no se pongan la camiseta de ejecutores, sino de análisis profundo en cuanto a la figura delictiva de abuso sexual, porque el año pasado estaba el abuso sexual como delito no grave, alcanzaba fianza; y ahora hay reformas y aparece como delito grave, se presta a muchas circunstancias.

    “¿Qué entiendes por delito sexual?, es manoseo, insinuaciones, ¿hasta dónde está la connotación y la gravedad del problema?, porque se presta para muchas malas interpretaciones por parte de la procuraduría, y desgraciadamente los jueces penales que tenemos en Colima están como ejecutores de la PGJE, no entienden que ellos administran justicia”, reflexiona.

    Asegura que si la procuraduría les manda consignaciones de abuso sexual, los jueces en el estado no tienen la capacidad legal, jurídica suficiente, el discernimiento que la misma ley les concede de libre albedrío, ¡y para ellos es muy fácil lavarse las manos y decretar auto de formal prisión como manda la PGJE!. Pero qué es el abuso sexual. El no tenerlo claro se presta a maquinaciones, a corrupción, a cuestiones personales”.

    Al igual que el incesto, hay figuras que han desaparecido en otros artículos, como el parricidio o el infanticidio, todas éstos delitos han quedado drásticamente en las figuras delictivas graves, como es el homicidio. Por lo anterior, el penalista sostiene que se tiene que reformar esa figura delictiva, volver al incesto.

    Se tiene que tipificar para que no haya malas interpretaciones. En Colima se tiene que aclarar qué es el abuso sexual, se tiene que tipificar, porque se trata de la libertad sexual en donde hay muchas figuras relacionadas con esa libertad, como el acoso, violación, abuso deshonesto, abuso sexual; hay que discernir también en donde va a entrar cada uno y cómo, pondera.

    ¿Qué representa que haya desaparecido la figura de incesto? García Solórzano comenta que trae consecuencias porque el código penal actual está sancionando y tipificando de manera general los delitos de violación, y pone al incesto en violación, “así, tajantemente, y eso depende de los criterios puritanos de los jueces porque toda conducta delictiva realizada por el ser humano tiene un antecedente, mediato o inmediato, y eso es lo que no analizan los jueces”.

    Lamenta que no hay una verdadera valoración psicológica a menos que se exija: El análisis conductual de una persona no lo va a exonerar de una responsabilidad, pero sí le va a imponer una sanción justa, adecuada a los hechos y las circunstancias que se dieron, “no pueden todas las personas ser sentenciadas por violación, porque como no existe la figura de incesto te voy a dejar caer el peso de la ley de 25 años por violación, que es la mínima”.

     

    DOBLEMENTE VÍCTIMAS

     

    La agrupación internacional Human Right Watch (HRW) indica que en las leyes de algunos estados del país las menores de 18 años también son sancionadas penalmente por incesto, toda vez que el delito es definido como “un abuso contra la unidad familiar”.

    “Dado que el delito es definido como un abuso contra la unidad familiar y que la relación sexual está legalmente definida como ‘consensual’, ambas partes se hallan sujetas a sanciones penales, incluidas las víctimas menores de 18 años de edad, precisa el organismo en su informe “Víctimas por partida doble”.

    El artículo 255 del Código Penal de Oaxaca establece que se impondrá de uno a seis años de prisión a los ascendientes que tengan relaciones sexuales con sus descendientes. Pero aclara que “los descendientes mayores de 16 años que voluntariamente tengan relaciones sexuales con sus ascendientes serán sancionados con la pena de seis meses a tres años de prisión”. El código también estipula la misma pena “en caso de incesto entre hermanos”.

    El psicólogo del IMSS, José Carmona Santiago, lamenta esta situación con el argumento de que las niñas son víctimas y esto provoca un doble castigo, porque además de que ellas tienen que vivir la condición del castigo, con todos los traumas que trae una violación de este tipo; tienen que pagar una sentencia penal, “por eso debe eliminarse”.

    Abunda: yo creo que muchos hijos cuando entran en esta dinámica lo miran como una acción de amor hacia sus progenitores, entonces, al tipificarlos como delincuentes les ayuda mucho menos, desviaría más la intención de ayuda hacia este tipo de situaciones.

    Mario García Solórzano insiste en que debe de haber un estudio a profundidad por parte del Congreso del Estado de estos delitos, que se pongan las figuras que se tengan que poner, porque una persona no puede ser sentenciada a 25 años cuando no cometió el delito de violación.

    —¿Cuánto sería la sanción correcta para darle a una persona que comete incesto?

    —Ese tipo de sanciones le competen al Congreso, yo no podría decir en este momento cuál penalidad podría ser, porque a lo mejor desataría una serie de ventajas para muchos padres de familia que tienen una instrucción escolar muy baja, gente analfabeta e ignorante que al enterarse de la leyes, podrían cometer el delito. Lo que sí estaría de acuerdo es que si un padre de familia comete un delito de tipo sexual en contra de uno de sus descendientes, que se le castigue tal cual, no por violación

    Es común que se dé el incesto, añade, “pero no tanto en Colima, porque la gente ya está más preparada, hay más educación, parece que está abarcando lugares muy remotos en donde era muy difícil el acceso, como el ejido 26 de julio en Ixtlahuacán, o como el terrero en Minatitlán. No hay mucho problema de incesto porque incluso son repudiados este tipo de hechos y la misma gente denuncia”.

    Sin embargo, se pudiera estar dando el problema, “pero no se ha manejado como esa figura, probablemente uno no se da cuenta, porque la procuraduría obtuvo la sentencia de otro violador, pero no sabemos los hechos reales porque sólo publican un extracto, si se dieran a conocer otros datos sabríamos que fue incesto.