Se aprueba en la Cámara de Diputados, por mayoría calificada, la revocación de mandato del Presidente de la República

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*Los diputados avalaron reformas a varios artículos de la Constitución, la minuta pasará al Senado

Redacción|CN COLIMANOTICIAS

Ciudad de México.- La Cámara de Diputados avaló en lo general y en lo particular la reforma constitucional en materia de consulta popular y revocación de mandato a partir del tercer año del gobierno del Presidente de la República con 328 votos a favor, dos abstenciones y 153 en contra en la votación.

Las modificaciones hacen más flexible la realización de consultas públicas, al reducir del 2%, equivalente a un millón 800 mil firmas para solicitar una consulta popular, ahora se requerirá de solo el 1%.

Establece condiciones para que flexibilice la fecha de su realización de las consultas populares, las cuales fortalecen el ámbito de derechos en la participación política.

La revocación de mandato es el procedimiento mediante el cual los ciudadanos pueden destituir, por medio de una votación, a un funcionario público antes de que concluya el periodo para el cual fue elegido. Abre la posibilidad a la ciudadanía para que someta a consulta del cuerpo electoral, la remoción de un funcionario electo antes de que concluya el plazo para el cual fue electo.

Este modelo impide, entre otras cosas, poner a consulta popular los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, las garantías para su protección, las bases y tasas impositivas, el presupuesto de efresos de la federación.

Mandata a la Suprema Corte para que al resolver sobre la constitucionalidad de la materia, interprete las normas constitucionales que favorezcan al interés ciudadano, bajo el principio, pro persona.

Las consultas populares podrán llevarse a cabo en las fechas que determinen las convocatorias y se podrá votar en los procesos de revocación.

¿Cómo se realizará la revocación de mandato?

El proceso revocatorio del presidente podrá llevarse a cabo a petición del presidente de la República o el 33% de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión y deberán ser aprobados por la mayoría de cada cámara del Congreso de la Unión.

También podrán solicitar la consulta de revocación de mandato las y los ciudadanos en un número de al menos el 3% de los inscritos en la lista nominal de electores y la revocación se realizará el mismo día de la jornada electoral federal en la que solo se elijan diputados federales.

La revocación será vinculante siempre y cuando se dé por mayoría absoluta de los votos depositados en las urnas cuando se cuente con al menos el 40% de la participación del los inscritos en la lista de electores.

Cuando sea determinada la revocación por el Instituto Nacional electoral, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos tendrá derecho a impugnar en 30 días naturales ante el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación y de no impugnar, cesará en sus funciones en 60 días.

La reforma faculta al INE para que participe en los procesos de consulta popular y revocación de mandato a los congresos de lo soliciten.

Se faculta al Congreso federal para que legisle en materia de consulta revocatoria y popular.

Solo podrá realizarse un proceso de revocación de mandato durante un periodo de gobierno.

Piden que la revocación de mandato no coincida con elecciones intermedias

Diputados de oposición en la Cámara de Diputados y académicos se han pronunciado a favor de la revocación de mandato, siempre y cuando esta no coincida con el día de las elecciones intermedias porque consideran que el nombre el presidente en las boletas puede crear un sesgo en los resultados.

Con información de www.mexico.com