SCJN echa abajo figura de enlaces conyugales en Colima

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Juan Carlos Flores|COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró inconstitucional la figura de “enlaces conyugales” establecida en la Constitución Local de Colima por considerarla discriminatoria.

En sesión de esta tarde, los ministros de la primera echaron abajo el artículo 147 de la constitución de Colima que estableció la división entre “relaciones conyugales” -entre hombre y mujer-y “enlace conyugal.

Según el periódico La Jornada, la decisión se suma a precedentes de la propia Corte, sobre matrimonio entre personas del mismo sexo, en los que se declaró la invalidez de legislaciones de Oaxaca, Sinaloa, Baja California y estado de México.

Los ministros dictaminaron también la inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Civil y del Código de Procedimientos Civiles locales que sustituyen el concepto de matrimonio con el fin de darle la vuelta al criterio establecido por la propia SCJN que ya invalidó normas que establecen que el matrimonio es sólo entre hombre y mujer.

La sala estableció que la legislación de Colima excluye expresamente a las parejas homosexuales del acceso al matrimonio y tiene “la intención clara” de limitar dicha figura a parejas heterosexuales.
Además, la sentencia recordó que “negar el acceso al matrimonio” a las parejas del mismo sexo, constituye una distinción injustificada y discriminatoria de personas que se encuentran en una situación idéntica, pero por razones de discriminación se distinguen legalmente.

La Corte ya estableció precedentes en el sentido de que las parejas del mismo sexo tienen además, el derecho a ser considerados para la adopción de menores en igualdad de condiciones que los matrimonios heterosexuales