Proponen suspender convivencia con hijos por alienación parental

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*No existe sanción para el progenitor que manipula al hijo en busca de la denigración del otro progenitor: Arturo García

Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Hasta la suspensión de la convivencia con los hijos podría ser la sanción para los padres que incurran en la alienación parental, esto si el Congreso Local aprueba una iniciativa de reforma al Código Civil del Estado de Colima, propuesta por el diputado Arturo García Arias.

Incorporada al Código Civil del Estado de Colima desde el pasado cinco de abril, la alienación parental es la manipulación o inducción que un progenitor realiza hacia su menor hijo, mediante la crítica que busca denigrar al otro progenitor, para producir en el menor rechazo, rencor, odio o desprecio hacia éste, según lo señala el artículo 411 del Código Civil.

Aunque el segundo párrafo del artículo 411 de la citada norma establece la prohibición de la alienación parental, la norma no señala ninguna sanción o medida de apremio por la práctica de la conducta.

“Los ascendientes deben procurar el respeto y el acercamiento constante de los menores con el otro ascendiente, en consecuencia, cada uno de los ascendientes deberá evitar cualquier acto de alienación parental”, señala el segundo párrafo del 411 del Código Civil.

Ante la falta de sanción, el diputado priista propuso que el Código Civil establezca que al incurrir en la alienación parental, el Juez ordene las medidas terapéuticas necesarias para los menores hijos, con la finalidad de restablecer la sana convivencia con ambos progenitores.

Sin embargo, si esa medida ordenada por el Juez no se cumple, éste podrá decretar la suspensión de la custodia o convivencia previamente establecidas.

Finalmente, García Arias dijo estar plenamente convencido de que en caso de aprobarse su iniciativa, se coadyuvaría con el bienestar de la sociedad colimense, fortaleciendo la esfera de protección a los derechos humanos, especialmente los que protegen al menor y a la familia.