Alfredo Quiles Cabrera| CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- El coordinador parlamentario del Partido Acción Nacional en la Sexagésima Primera Legislatura Local, Luis Alberto Partida Valencia, presentó ante el pleno del Congreso del Estado una iniciativa de reformas al Código Penal y Código Electoral del Estado, mediante la cual se pretende “tipificar como fraude electoral por simulación dolosa, la formulación de promesas de campaña realizadas por dolo, mala fe o conocimiento previo de su inviabilidad”.
El legislador panista que durante los procesos electorales el voto representa un bien jurídico de enorme trascendencia constitucional, pues constituye el mecanismo mediante el cual se accede al
ejercicio del poder público, a la representación política y a la administración de recursos públicos, razón por la cual su obtención mediante engaños deliberados merece tutela jurídica reforzada.
Resaltó que actualmente la legislación electoral mexicana obliga a los partidos políticos registrar plataformas electorales y programas de gobierno; sin embargo, no establece consecuencias jurídicas cuando dichos compromisos son formulados con conocimiento previo de su imposibilidad jurídica, financiera o material, generándose un vacío normativo que favorece la impunidad del engaño político.
Afirmó que la ausencia de mecanismos de responsabilidad respecto de promesas de campaña manifiestamente inviable incentiva la utilización de discursos demagógicos y estrategias de manipulación dirigidas a obtener el voto ciudadano mediante expectativas artificiales, debilitando la confianza pública en las instituciones democráticas.
Aclaró que la iniciativa en cuestión “no pretende criminalizar el incumplimiento de programas de gobierno derivado de circunstancias extraordinarias, imprevisibles o sobrevenidas, tales como crisis económicas, desastres naturales, emergencias sanitarias o modificaciones legislativas posteriores, sino exclusivamente aquellas conductas en las que exista conocimiento previo de la imposibilidad de cumplir lo Prometido y, aun así, se utilice dicha promesa como mecanismo deliberado para inducir al error del electorado”.
Señaló Alberto Partida que el denominado Frsude lectoral por simulación dolosa constituye una
modalidad de engaño mediante la cual una persona candidata induce dolosamente a la ciudadana a emitir su voto a partir de promesas que sabe materialmente ¡imposibles, obteniendo con ello un beneficio político indebido y lesionando la autenticidad del sufragio, la confianza pública y el principio democrático de representación efectiva.
Por esta y otras razones, el legislador panista señaló en su iniciativa que “resulta procedente reformar el Código Penal para el Estado de Colima y el Código Electoral del Estado de Colima con el objeto de tipificar el Fraude electoral por simulación dolosa como una modalidad de fraude equiparado, establecer mecanismos preventivos de verificación de la viabilidad de los compromisos dé campaña y fortalecer la protección constitucional de la libertad del sufragio, la confianza ciudadana y la legitimidad democrática”.
Propuso que quienes incurran en ello, deberá de asumir consecuencias jurídicas derivadas de la formulación dolosa de compromisos material, jurídica o financieramente inviables.

