Podrán pedir licencia laboral los padres asegurados que tengan hijos con cáncer

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CN COLIMANOTICIAS

México.- A partir del 5 de junio, las madres o padres inscritos en el seguro social que tengan hijos de hasta 16 años de edad diagnosticados con cáncer podrán pedir licencia laboral, de acuerdo con un decreto presidencial publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Según una publicación de Proceso, para tal fin, se adicionaron diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo, en las que se especifica que los padres asegurados podrán ausentarse del trabajo para cuidar a sus vástagos que padecen cualquier tipo de cáncer, en caso de que el niño, niña o adolescente requiera un descanso médico en los periodos críticos del tratamiento.

“La licencia expedida por el instituto al padre o madre asegurado tendrá una vigencia de uno y hasta 28 días. Podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años, sin que excedan trescientos sesenta y cuatro días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos”, se indica en el decreto.

Añade que la institución de seguridad social a la que estén afiliados tiene ya la obligación de expedir una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento para que el patrón tenga conocimiento.

Los trabajadores beneficiados deberán cumplir con al menos 30 cotizaciones semanales durante un año anterior a la fecha del diagnóstico de sus hijos o tener, por lo menos, 52 semanas de cotización registradas previas al inicio de la licencia.

Además, señala que gozarán de un subsidio equivalente al 60% del último salario diario de cotización registrado por el patrón.

Si los padres están separados o divorciados, esta licencia sólo la obtendrá la madre o el padre que tenga la patria potestad, guarda y custodia del menor. En ningún caso se podrá otorgar la licencia a ambos padres trabajadores del menor diagnosticado, agrega.

Las licencias cesarán cuando el menor no requiera hospitalización o reposo médico en los periodos críticos del tratamiento, si el menor fallece, cuando cumpla dieciséis años o cuando el trabajador que goza de la licencia sea contratado por un nuevo patrón.