De esa forma, el Instituto Federal Electoral (IFE) ordenó dar vista al Órgano Superior de Fiscalización y a la Secretaría de Contraloría del estado de México para que, bajo sus atribuciones, “determine lo que a derecho corresponda” y defina si amerita o no sanción el mandatario.
En sesión extraordinaria y con el voto en contra de los consejeros Marco Antonio Baños y Francisco Guerrero, el Consejo General del IFE concluyó que el mandatario violentó el Artículo 134 constitucional, al difundir sus anuncios en todo el país, del pasado 29 de agosto al 10 de septiembre.
Ese lapso, coincide con los periodos de precampañas electorales en Baja California Sur y Guerrero, por lo que los spots son considerados “propaganda electoral”, sustentada con recursos públicos, pues fueron pagados por la Coordinación de Comunicación Social del estado.
Por ello, los consejeros Macarita Elizondo, Benito Nacif, Alfredo Figueroa y Leonardo Valdés Zurita determinaron que Peña Nieto violó también el Artículo 228 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
Durante la discusión, que duró más de tres horas, el representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el Consejo General, Sebastián Lerdo de Tejada, acusó de parcial al órgano electoral, pues la resolución se basó en “meras suposiciones”.
Al respaldar la resolución, el consejero presidente del IFE, Leonardo Valdés, dijo que es clara la violación al Artículo 134 Constitucional por parte del mandatario priista, pues difundió los promocionales fuera de su ámbito territorial.
Aclaró que la falta de sanciones al mandatario, de nueva cuenta resalta la urgencia de contar con una ley reglamentaria del Artículo 134 de la Carta Magana, por lo que exhortó a que se legisle en la materia.





