Ordena el TEPJF registrar a Viridiana Valencia como candidata de Morena a la alcaldía de Colima

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*Se revoca la sentencia emitida por la sala Regional Toluca.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó el registro inmediato de Viridiana Valencia Vargas como candidata a la alcaldía de Colima por la Coalición Electoral “Seguimos haciendo historia” (Morena-PT-PVEM) y revocó la sentencia de la Sala Regional Toluca de dicho órgano electoral el cual había dictaminado la cancelación de su registro por “inelegible” al no radicar en el municipio por el que es postulada.

El proyecto fue avalado por tres votos a favor y dos en contra de los Magistrados del TEPJF. Los dos votos en contra de los Magistrados Janine M. Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón, consideraron que no se analizó a fondo la Constitucionalidad “de la residencia invocada en la Constitución Local”.

Es de mencionar que el proyecto presentado por el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña fue cambiado de última hora.

En el documento (Recurso de Reconsideración presentado por Morena y sus aliados y Viridiana valencia), en el cual cambio el sentido de su proyecto de sentencia inicial, se propuso que se revoque el resolutivo mediante el cual la Sala Regional Toluca del TEPJF confirmó que la morenista es inelegible para la presidencia municipal capitalina, pero además pedirá que su registro se tenga por presentado y se anule el de Azucena López Legorreta.

El nuevo proyecto del Magistrado Ponente establece que la residencia de una persona no puede restringir, de manera injustificada, el derecho a ser votado.

Precisa que desde abril de 2021, la diputada tecomense Viridiana Valencia reside en Colima, pero indebidamente se tomó en cuenta como su residencia la que tenía en Tecomán “dado que su residencia material, real y efectiva está en el municipio de Colima, lugar en el que desarrolla sus actividades laborales, personales y familiares.

“La residencia formal no puede excluir la residencia efectiva, por lo que los operadores jurídicos deben tomar en cuenta la residencia real, material o efectiva para fines del cumplimiento de ese requisito”, postuló el magistrado Felipe de la Mata.

Consideró razonable que la recurrente cambiara su residencia al municipio de Colima para cumplir sus deberes legislativos, aun cuando su residencia formal estuviera en Tecomán.

Puntualizó que las personas tienen libertad de trasladar su residencia de un lugar a otro atendiendo a sus necesidades laborales, personales o familiares, sin estar obligadas a mantener un lugar determinado como su residencia material o real.

Añade en su proyecto que en el resolutivo de la Sala Regional no se advierten elementos de prueba que acrediten que Viridiana Valencia residía en Tecomán, y por el contrario, se presentaron esas pruebas que encaminadas a demostrar su residencia en Colima.

Concluyó el magistrado que en este asunto se debió tomar en cuenta la residencia material o efectiva de la morenista, no su residencia formal con motivo de su participación en un proceso electoral previo.

De esa manera, el magistrado ponente resolvió, y así fue votado por t3 Magistrados a favor y 2 en contra, que Viridiana Valencia tiene su residencia efectiva en el municipio de Colima desde abril de 2021, por lo que su impugnación contra la Sala Regional Toluca es fundada.

Es por ello que se aprobó la revocación de la declaración de ilegibilidad de la ex delegada federal, además de que se tenga por presentada la solicitud de registro de Viridiana Valencia como candidata a la alcaldía de Colima.

De igual forma se dejan sin efecto los actos llevados a cabo para dar cumplimiento a la sentencia impugnada, “exclusivamente los relativos a la sustitución de la recurrente (Viridiana Valencia) en la candidatura propietaria a la Presidencia Municipal”.