IMPULSA PRD LEY DE USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA

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    Entre los promoventes están los senadores Dolores Padierna, Vianey Mendoza, Isidro Pedroza, quienes plantean expedir la Ley de Procedimientos Policiales y Uso Legítimo de la Fuerza.

    Para ello, faculta a quienes ejercen la función policial para valerse de aquellos medios que impliquen el uso de la fuerza pública necesaria para asegurar el orden, la paz y la tranquilidad en su jurisdicción y establece diversos principios de actuación policial en operaciones y procedimientos: la legalidad; la eficiencia, el desempeño orientado a la atención del ciudadano; el profesionalismo, el desempeño orientado a resultados; la honradez; la transparencia y rendición de cuentas, y el respeto a los derechos humanos.

    Además, dispone principios para las operaciones y procedimientos de prestación de asistencia policial y de servicios para la procuración de justicia y la seguridad pública: generalidad; uniformidad; regularidad, continuidad y persistencia; obligatoriedad; adaptabilidad; gratuidad; supervisión y control; evaluación del desempeño, y eficiencia y eficacia.

    Define como “fuerza necesaria” aquella que despliegan de manera física y con apoyo de instrumentos, equipo, armamento y fuerza corporal, los elementos policiales, como parte de las facultades de la autoridad para ejercer coerción, como medio para la salvaguarda del orden y la paz pública, en situaciones de riesgo o extremo peligro; para restablecer el orden, la paz y la tranquilidad públicas; así como para evitar la comisión de infracciones y delitos, siempre y cuando no se haya logrado disuadir a los actores para evitar dicha conducta o participación en actos violentos, o que afecten la seguridad pública y el interés general de los bienes tutelados por el derecho constituido.

    De acuerdo con el órgano de difusión interno del PRD y la Gaceta Parlamentaria, la iniciativa establece como principios para el uso de la fuerza: la legalidad; la racionalidad, para que el uso de la fuerza esté justificado por las circunstancias específicas y acordes a la situación que se enfrenta; la congruencia, para que exista relación y equilibrio entre el nivel de uso de fuerza utilizada y el detrimento que se cause a la persona; la oportunidad, para que se aplique el uso de la fuerza de manera inmediata para evitar o neutralizar un daño o peligro inminente o actual; la proporcionalidad, para que el uso de la fuerza corresponda a la acción que se enfrenta o intenta repeler, y la necesidad, para que sólo se use la fuerza en la medida de que exista el peligro o la situación que demande la actuación.

    Para ello, fija criterios específicos para que el policía pueda hacer uso de la fuerza: para someter a la persona que se resista a la detención ordenada por una autoridad judicial o en caso de flagrancia en los términos de la Constitución; para prevenir la comisión de conductas ilícitas; para proteger o defender bienes jurídicos tutelados, o por legítima defensa.

    Además, establece distintos niveles en el uso de la fuerza: persuasión o disuasión verbal; reducción física de movimientos; utilización de armas no letales, y utilización de armas de fuego o de fuerza letal. Regula los casos en que procede cada nivel y sus limitaciones. De manera especial, regula el uso de armamento y de equipo de fuerza necesaria y establece mecanismos de capacitación y profesionalización, así como un sistema de responsabilidades del mando y de las corporaciones por el uso de la fuerza necesaria. En la misma medida, crea un esquema de las garantías de los elementos de policía por uso de la fuerza necesaria y otro de garantías, frente a la policía, para las víctimas o personas agraviadas por infractores y delincuente.

    También ordena diversas medidas para asegurar la ejecución de operaciones y procedimientos en apego al principio de legalidad y respeto a los derechos humanos y los derechos de los policías por efecto de su intervención en operaciones y procedimientos, otorgando medidas de previsión social en su beneficio. En contra parte, fija las sanciones por la inobservancia de la policía a estas normas.

    El proyecto será turnado por la mesa directiva a las comisiones de Seguridad Pública y Estudios Legislativos Primera.

    Fuente: EL UNIVERSAL