Gobierno de Colima busca anular proyecto ‘Libramiento Colima Vía Rápida’

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*Indira Vizcaíno, gobernadora del estado, informa que se encontraron vicios legales.

Edgardo Zamora|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   El gobierno del Estado de Colima presentó una demanda de nulidad del proyecto “Libramiento Colima Vía Rápida” bajo el argumento de haberse encontrado vicios legales.

Este proyecto anunciado en 2020 durante la administración pasada, contemplaba una inversión de 2 mil 100 millones de pesos de la iniciativa privada.
Este prometía cubrir un tramo de 23.5 kilómetros de cuatro carriles exclusivos para la circulación de tráileres o camiones con cargas peligrosas.
La construcción de la vía otorgaba una concesión de hasta 30 años a la empresa Dynfra, en tanto, el Gobierno de Colima debía ofrecer una garantía de hasta 65 millones de pesos a la empresa en caso de falta de tránsito vehicular pesado.
Al respecto la Gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno Silva, dijo que no tiene sentido que se participe en un proyecto económico donde las ganancias sólo pueden ser para los privados y las pérdidas solo para la sociedad colimense.
“Eso sería un error, una estupidez, por decirlo menos, además no debemos ni podemos ni queremos ser parte de un proyecto que tiene claras ilegalidades desde su instrumentación”.
Añadió que no se comparte ni las formas de la instrumentación jurídica que agravia el erario público y los intereses de ciudadanía colimense.
La mandataria aseguró que tras meses de análisis se llegó a la conclusión de que no se pueden revertir los vicios de origen de este proyecto y que se debe de buscar su nulidad.
Expuso se pidió al supuesto concesionario el proyecto ejecutivo desarrollado ya sea para obtener la concesión o después de haberla obtenido para desarrollar el mismo no tenían nada.
“Lo que existía de evidencia y que tenían ellos Era una simple impresión o un pantallazo de Google maps de un supuesto trazo que nunca estuvo verificado el sitio”.
Remarcó que era ridículo y desconectado de la realidad que partía por la mitad las instalaciones del Isenco Cuauhtémoc, ya que pasaba por una cancha.
“No había trazo, no había derecho de vía, ni ningún detalle del proyecto y había condiciones contractuales en las que se tenía el tráfico deseado por el concesionario o entonces el gobierno del Estado le iba a compensar a los particulares con participaciones federales lo que ellos deseaban tener como ingreso de esta concesión”.
Vizcaíno Silva refirió que en una concesión otorgada en una adjudicación directa a un privado es ilegal, ya que esta tendría recursos públicos involucrados.

CÚMULO DE IRREGULARIDADES

Roberto Rubio explicó por qué desde la perspectiva de Consejería Jurídica era necesario presentar un juicio de lesividad para reclamar la nulidad de ese contrato de asociación público-privada y que a la par se otorgó una concesión y compartió los antecedentes para contextualizar el tema, que inició en 2020 se firmó un contrato de asociación en modalidad de auto-financiable para dicho libramiento, en una primera etapa de dos carriles y una segunda etapa a cuatro carriles.

Una de las primeras irregularidades advertidas, fue que la primera etapa contemplaba dos carriles, sin establecer fecha cuándo sería la ampliación a cuatro carriles (sólo decía que cuando el flujo lo ameritara), quedando al arbitrio del desarrollador; “en enero y marzo de 2021 se modificó el contrato, generando más cargas económicas y responsabilidades al gobierno, lo que significaba que no era ni autofinanciable.

Señaló que el monto del proyecto se estimó en mil 450 millones de pesos aproximadamente, que se supone que el pago sería la tarifa que usuarios de la autopista realizaran; no fue así porque en el contrato y sus modificatorios establecieron obligaciones al estado y sanciones pecuniarias por incumplimiento; se estipuló una línea de crédito contingente para asegurar con participaciones federales el pago en caso de no cumplirse el flujo vehicular y no tener ganancias estimadas por el desarrollador.

“Fue un crédito aprobado por el Congreso por hasta 65 millones de pesos mensuales revolventes; quiere decir que si en determinado mes existía incumplimiento; se podrían hacer efectivas hasta por 65 mdp y si el siguiente mes también no hubiera esa misma cantidad, se tendrían que estar utilizando las participaciones federales; no había nada de autosustentable ni autofinanciable”, aclaró Rubio, quien dijo que se demandó la nulidad por el cúmulo irregularidades advertidas en la adjudicación en condiciones desfavorables para el estado. Por esas razones se presentó este juicio de lesividad ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y es a la autoridad que corresponderá determinar sobre la nulidad.