En Colima, cometer un accidente borracho o drogado tiene menor pena de cárcel que hacerlo en sano juicio

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*foto ilustrativa

*Para un homicidio imprudencial en accidente de tránsito, la pena es de 15 años, mientras que en estado de ebriedad o drogado es de 4 años de prisión.

Oscar Cervantes|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   En Colima, cometer un accidente de tránsito de manera culposa o imprudencial donde fallezca una persona, tiene una pena de cárcel de 15 años, mientras que hacerlo bajo los influjos de una droga o alcohol es de 4 años.

Así lo dio a conocer en entrevista para CN COLIMANOTICIAS el reconocido abogado Carlos Cuevas, tras indicar que este error en el Código Penal del Estado es grave y se debe atender.

Sobre el particular, explicó que el homicidio culposo es derivado de un hecho de carácter imprudencial, donde el conductor no tiene la intención de cometer un accidente de tránsito y fallece la persona.

Sin embargo, existe un problema grave en el Código Penal del Estado, ya que este tipo de delitos los cataloga como una gravedad similar al delito doloso, es decir al intencional.

Señaló que esto genera que una conducta de carácter culposo que es derivado de un accidente se esté calificando con una gravedad similar a una conducta dolosa o intencional,  a pesar de que la Constitución establece que las penas deben ser proporcional a la conducta de la persona.

En ese tenor, hizo saber que el Código Penal del Estado, tras la reforma del 2014 para implementar el Nuevo Sistema de Justicia Penal, se estableció un error en el artículo 76 del Código, el cual señala que los delitos cometidos con culpa se van a penar de la mínima hasta la mitad del máximo del delito doloso.

“En el caso del homicidio culposo la mínima sería la del delito general que es la del homicidio doloso que son 15 años, es decir, actualmente el cometer un homicidio de manera imprudencial tiene una pena  mínima de 15 años”, sostuvo.

En contraste, en el caso del homicidio culposo cuando este se comete en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna droga, el mismo Código establece una pena específica, que va de los 4 a los 10 años.

“En el estado de Colima si vas manejando y por algún descuido cometes un accidente donde  fallece una persona, la pena es de 15 años, mientras que si el mismo accidente se comete bajo los efectos de alguna droga o alcohol, la pena mínima es de 4 años”, lamentó.

El abogado litigante insistió que el tema es grave y lo ha expuesto a los diputados para que encabecen alguna  iniciativa y reformar el Código Penal, pero hasta el momento han hecho caso omiso.

Carlos Cuevas dijo que lamentablemente una persona sin buena asesoría puede pasar hasta 15 años de prisión, por lo que consideró importante y urgente la revisión  y atención de este tema.