Desecha el TEE solicitud de Juicio Electoral presentado por Paco Rodríguez

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*Había recibido medida de apremio consistente en “amonestación privada” por “actos anticipados de campaña”.

Alfredo Quiles Cabrera| CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado desecho la solicitud de Juicio Electoral promovido por Francisco Rodríguez García, secretario de Fomento Económico y aspirante a la nominación de Morena a la alcaldía de Colima, quien se inconformó por “la amonestación privada” de que fue objeto por la Comisión de Denuncias y Quejas del Consejo General del Instituto Electoral del Estado.

En días pasados, el Tribunal Electoral del Estado “resolvió en definitiva” el Procedimiento Especial Sancionador presentado por el Partido Revolucionario Institucional en contra del servidor público y aspirante a una candidatura del Partido Morena.

En ese expediente, CDQ-CG/PES-12/2026, el Pleno del Tribunal Electoral dictaminó que no fue acreditado que “Paco Rodríguez, al no actualizarse los supuestos jurídicos contenidos en la norma presuntamente vulnerada, se concluye que los hechos denunciados no constituyeron la comisión de actos anticipados de campaña, ni la vulneración a lo dispuesto en los párrafos noveno y décimo del artículo 134 Constitucional por la presunta difusión de propaganda personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de neutralidad y equidad.

“Por lo cual, resultan inexistentes las infracciones denunciadas por el PRI en contra del ciudadano denunciado (Paco Rodríguez”.

Por tal motivo, el TEE declaró la inexistencia de las infracciones objeto de la denuncia presentadas por el Partido Revolucionario Institucional en contra del ciudadano Francisco Javier Rodríguez García, así como en contra del partido político Morena, de acuerdo con los considerandos de la resolución.

Por ello. El Tribunal Electoral dictaminó “dejar sin efectos la concesión de medidas cautelares
ordenadas por la autoridad instructora, para lo cual se ordena a la Comisión de Denuncias y Quejas del Instituto Electoral del Estado” que actúe de conformidad a los efectos precisados en la sentencia.

Sin embargo, Paco Rodríguez pretendía “una disculpa pública” y promovió un Juicio Electoral, para controvertir el Acuerdo de fecha 21 de septiembre, emitido por la Comisión de Denuncias y Quejas del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, dentro del expediente CDQ-CG/PES-12/2026, en particular el punto relativo “a la imposición de un medio de apremio consistente en amonestación privada y radicado en este Órgano Jurisdiccional Electoral Local, con el número de expediente JE-08/2026”.

Al ser un asunto juzgado, el Pleno del TEE dictaminó “desechar de plano la demanda” de Paco Rodríguez “una vez que ya no existía materia”, al haberse emitido el pasado 7 de octubre una sentencia, además de que en el dictamen se incluía dejar sin efecto las medidas cautelares, entre ellas “la amonestación privada.