DAR LITROS ‘INCOMPLETOS’ DE GASOLINA, DELITO FEDERAL

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    Hace unos minutos el pleno de la Cámara de Diputados aprobó de manera unánime (con 386 votos a favor, una abstención y ninguno en contra), una serie de modificaciones al Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

    También se tipificó como delito federal la sustracción de petróleo crudo, combustibles y gas mediante tomas clandestinas en ductos, así­ como su transporte ilegal en pipas o camiones de diversos tipos.

    Desde hace varios años, Petróleos Mexicanos padece de la sustracción clandestina de petrolí­feros y aceite crudo en diversos puntos de su infraestructura. Aun así­, cuando se detectaban las tomas y habí­a detenidos, no se podí­a proceder penalmente contra los presuntos responsables, que la mayorí­a de las veces quedaba libre.

    En el caso de los empresarios gasolineros, cuando en sus estaciones de servicio se sirvan litros incompletos (la iniciativa especifica que hasta 1.5% menos de lo que marquen los medidores en las estaciones) de gasolinas y diesel, podrán ser sancionados con una pena de entre tres y seis años de cárcel y una multa de 500 a mil dí­as de salario mí­nimo.

    Así­, los consumidores que consideren que fueron robados en una estación de servicio Franquicia Pemex, ya no sólo podrán inconformarse como cliente afectado ante la Procuradurí­a Federal del Consumidor sino levantar una demanda ante el Ministerio Público para que se inicie la investigación del caso.

    En caso de haber culpabilidad, los responsables pagarán una multa y de dos a cuatro años de cárcel.

    En el caso del robo de petróleo crudo y de combustibles mediante tomas clandestinas y serí­a castigada hasta con seis años de cárcel, según el volumen de petrolí­feros, gas o aceite que se le imputen a los detenidos.