Ayuntamiento de Colima otorga descuentos en pago de impuestos

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*El Congreso del Estado aprobó la propuesta enviada por el Cabildo capitalino *Estos beneficios estarán vigentes hasta el 31 de octubre

CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Con el objeto de que la ciudadanía regularice su situación fiscal por adeudos del predial y otros impuestos y derechos, el Ayuntamiento de Colima aplica los incentivos que fueron aprobados por el Congreso del Estado, en respuesta a una iniciativa que mandó el cabildo, encabezado por Margarita Moreno.

Así, las y los legisladores aprobaron autorizar el  descuento del 100% de los recargos y multas, impuestas por la falta del pago oportuno del predial en los ejercicios 2021 y anteriores, así como los contribuyentes que tengan adeudo en el ejercicio 2022, autorizándoles el descuento del 100% en recargos y multas.

También se autorizó, respecto al pago de derechos en los refrendos de las licencias, el descuento del 100% respecto a los ejercicios correspondientes al año 2020 y 2021, así como los recargos y multas impuestas por el incumplimiento del pago de estos derechos en los años fiscales citados.

Asimismo, en el año 2022, el refrendo de las licencias se podrá realizar por única ocasión en el año de vigencia del presente decreto, sin que se cause multas o recargos.

Además, el congreso local autorizó por el concepto de pago de derechos de uso de la vía pública, de puestos fijos, semifijos y ambulantes, el descuento del 100% del pago correspondiente en los ejercicios fiscales 2020 y 2021, así como los recargos y multas impuestas por la falta del pago oportuno de dicha contribución, relativa al año 2021 y anteriores.

De igual forma, se autorizó respecto al pago de derechos por mantenimiento de las áreas comunes del panteón municipal, el descuento del 100% en los recargos de multas impuestas por la falta del pago correspondiente a los ejercicios fiscales 2021 y anteriores.

También se autorizó respecto al pago de productos por arrendamientos de mercados, el descuento del 100% en el pago 2020 y 2021, así como los intereses y accesorios generados por la falta de pago de dichos productos en el año 2021 y anteriores.

Estos beneficios aplicarán, siempre y cuando el contribuyente cumpla con el pago ante la tesorería municipal en una sola exhibición, y se ponga al corriente hasta el año 2022, momento en el que efectúe el pago dentro de la vigencia del decreto y estarán vigentes hasta el 31 de octubre.