Ayuntamiento de Colima aprueba enlace conyugal entre personas del mismo sexo

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 *Colima, el primer Ayuntamiento en aprobar la minuta a la reforma al Artículo 147

Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Cabildo de Colima que preside Federico Rangel Lozano, aprobó por unanimidad de votos la reforma del Artículo147 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Colima, misma que consiste en reconocer dos tipos de relaciones conyugales, el matrimonio entre un solo hombre y una sola mujer y el que se celebra entre dos personas del mismo sexo.

En Sesión Extraordinaria, el alcalde Federico Rangel dio lectura al acuerdo, mismo que fue votado de manera nominal, únicamente con la ausencia justificada de los regidores María Eugenia Ríos Rivera y Héctor Arturo León Alam, y con lo cual el Municipio de Colima se convierte en el primer municipio del Estado, en aprobar dicha reforma.

Durante la sesión celebrada en el auditorio “Gral. Manuel Álvarez”, el presidente municipal refirió que el pasado 9 de julio, el Secretario del Ayuntamiento, Salvador Cárdenas Morales remitió a todos los integrantes del Cabildo, una copia del oficio 1012/2013 de la Secretaría del Congreso del Estado, mediante el cual envía la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el Artículo 147 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima,

Como se recordará, el pasado 4 de julio el Congreso Local aprobó la unión civil  entre las personas del mismo sexo, bajo la figura jurídica de “enlace conyugal”, misma que otorga a las parejas los mismos derechos y garantías civiles y sociales que tiene el hombre y la mujer unidos en matrimonio civil.

A partir de entrega de la minuta, los 10 ayuntamientos tienen un plazo de 30 días para que sus cabildos aprueben o no la reforma constitucional, y en caso de ser respaldada al menos por la mayoría (es decir 6 Ayuntamientos), el Congreso del Estado con la facultad que le otorga la ley, emprenderá las reformas a los códigos Civil y de Procedimientos Civiles en la entidad, en cuanto al procedimiento de unir civilmente la figura jurídica de los enlaces conyugales.