*Con desconocimiento de ambas minutas, los diputados de Morena y sus aliados impusieron su mayoría en el Congreso Local
Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- Con premuras, sin análisis ni discusión, la Sexagésima Primera Legislatura Local aprobó las minutas de Reforma Constitucional en materia de Bienestar, mediante la cual se declara un derecho Constitucional que “toda persona tiene derecho a disfrutar de vivienda adecuada”, y también la denominada de “Supremacía Constitucional”, por medio de la que se declara “improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
Ambas minutas fueron enviadas al Congreso del Estado por el Senado de la República y fueron recibidas la tarde de este miércoles para su análisis, discusión y aprobación. Este jueves fueron aprobadas sin mayores trámites por la mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso.
Es de mencionar que estas minutas ya habían sido aprobadas en “Fast trak” por 17 Congresos estatales con lo que esta tarde se hará la declaratoria de validez por parte de la Cámara de Diputados.
La Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 107 y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Inimpugnabilidad (Supremacía Constitucional) de las adiciones o reformas a la Constitución Federal.
La reforma incluye la siguiente adición al artículo 105 constitucional: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.
De igual forma, la reforma incluye una modificación al artículo 107 constitucional, donde se establece que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”. Estos recursos legales regularmente son revisados por jueces y magistrados.
Morena impulsó esta iniciativa para blindar su reforma constitucional del Poder Judicial, ante la posibilidad de que la Suprema Corte la pueda declarar inválida a través de acciones de inconstitucionalidad que recibió de partidos de oposición y otros actores.
Es de señalar que esta minuta de Reforma Constitucional fue aprobada por mayoría de diputados de Morena, PT, PVEM y Nueva Alianza, lo que no debatieron sobre el tema y solo defendieron la postura trazada en la minuta enviada por el Senado.
VIVIENDA: DERECHO CONSTITUCIONAL
En una segunda minuta aprobada, los diputados locales aprobaron reformas Constitucionales que garantiza el derecho a una vivienda adecuada, la entrega de apoyos a personas con discapacidad y que reduce a 65 años el otorgamiento de la pensión para los adultos mayores.
También garantiza la entrega de un jornal, seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven árboles frutales, maderables y especies, fertilizantes gratuitos a productores a pequeña escala, un apoyo anual a pescadores y que mantiene los precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable.
El dictamen que modifica los artículos 4º y 27 de la Constitución fue aprobado por unanimidad.
Esta iniciativa busca que todos los Programas para el Bienestar se conviertan en derechos de las y los mexicanos y que se garantice su continuidad en el futuro.
SE REFUERZAN PENSIONES
Si bien la pensión para adultos mayores ya está en el artículo 4º de la Constitución, la reforma aprobada hoy reduce de 68 a 65 años la edad para comenzar a recibirla de manera universal.
De igual forma, las pensiones para personas con discapacidad ya están en la Constitución, pero ahora se detalla que será obligación tanto del Gobierno federal como de las entidades federativas la aportación de los recursos para el financiamiento, así como la rehabilitación para este sector de la población.
Asimismo, se apunta que las personas con discapacidades menores de 65 años de edad recibirán su respectiva pensión y a partir de los 65 se les entregará la pensión para adultos mayores.
También se mandata que los recursos destinados a estas pensiones no podrán ser disminuidos con respecto al año anterior: el Estado destinará anualmente los recursos presupuestarios suficientes, oportunos y adecuados, conforme al principio de progresividad y no regresión, para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos en este artículo que impliquen la transferencia de recursos directos para la población.
El monto de los recursos asignados no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior”.
El dictamen aprobado, además, establece el derecho constitucional de toda persona a disfrutar de una vivienda adecuada.
Estas reformas fueron aprobadas por unanimidad de legisladores presentes en la Sesión.