Admite el TEE Juicios Electorales contra el Congreso y Poder Ejecutivo; aprueba su nuevo Reglamento Interno

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*Los cuatro Juicios Electorales fueron presentados por Consejos Municipales de Manzanillo, Coquimatlán, Comala y Tecomán, por la aprobación y publicación de reformas al Código Electoral del Estado.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Tribunal Electoral del Estado admitió esta mañana los Juicios Electorales interpuestos por los Consejos Municipales de Manzanillo, Coquimatlán, Comala y Tecomán, por la aprobación y publicación de reformas al Código Electoral del Estado.

los consejos municipales hicieron valer su derecho e interpusieron por separado sendos Juicios Electoral en contra del Congreso y de la titular del Poder Ejecutivo por el que solicitan la nulidad de reformas realizadas al Código Electoral del Estado, ambos del decreto 262, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, el 16 de marzo del presente año.

Con estas cuatro demandas de Juicio Electoral ya son 5 los medios interpuestos por los Consejos Municipales Electorales del IEE, una vez que en días pasados se había admitido para su resolución un procedimiento interpuesto por el Consejo Municipal Electoral de Colima.

Los Juicios Electorales aceptados por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado quedaron bajo los expedientes JE-03/2023, promovido por Bertha Alicia Villalvazo Salvatierra, del Consejo Municipal Electoral de Tecomán; expediente JE-04/2023, promovido por Celia Cervantes Gutiérrez, del Consejo Municipal de Comala.

Asimismo, se admitió el Juicio Electoral, expediente JE-05/2023, promovido por María Esperanza Toscano Cerna, del Consejo Municipal Electoral de Coquimatlán; y Juicio Electoral, expediente JE-06/2023, promovido por Jaime Aquileo Díaz Zamorano, del Consejo Municipal Electoral de Manzanillo.

En estos cuatro casos, así como el interpuesto por el Consejo Municipal de Colima, se impugna el decreto 262, mediante el cual las personas Consejeras Municipales Electorales y sus titulares Presidentes de la primera región (Colima, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez), recibirán como dieta de asistencia, el 20% menos de la percepción establecida para las personas servidoras públicas referidas en la fracción III de este artículo transitorio;

Las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales de la primera región (Colima, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez), percibirán el 20% menos que por concepto de dieta de asistencia se establece para las personas Consejeras Municipales Electorales referidas en la fracción IV de este artículo transitorio;

Las personas Consejeras Municipales Electorales y sus titulares Presidentes de la segunda región (Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Armería, Ixtlahuacán y Minatitlán), recibirán de dieta de asistencia, el 10% más de las percepciones establecida para las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales referidas en la fracción V de este artículo transitorio;

Las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales de la segunda región (Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Armería, Ixtlahuacán y Minatitlán), percibirán el 30% menos que como por concepto de dieta de asistencia se establece para las personas Consejeras Municipales Electorales referidas en la fracción VI de este artículo transitorio”.

En los mismos transitorios, en un quinto apartado, se agrega que “respecto a lo previsto en el artículo 125 del presente decreto, en lo referente a que durante el periodo interproceso no recibirán dieta de asistencia las personas que ocupen los cargos de Consejería Electoral Municipal, tal disposición entrará en vigor al día siguiente en que entre en vigor el presente decreto”.

En la misma sesión se aprobó el nuevo Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Colima.