Edgardo Zamora | CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- El Oficial del Registro Civil Municipal de Colima, Alejandro Velasco Chávez a conocer que aquellas personas deudoras alimentarias no pueden contraer matrimonio por la vía civil.
Expuso que desde hace 8 meses se solicita este documento que se considera esencial y qué forma parte de los requisitos dentro del Código Civil y de la oficina general.
“Este es uno de los documentos que debe de cumplirse ya que si no se presenta no se puede celebrar el matrimonio”.
El certificado de no deudor alimentario moroso se expide en la Dirección General del Registro Civil ubicada en calle León Felipe número 86 en fraccionamiento Lomas verdes.
También se emite en la web https://sada.col.gob.mx/?fbclid=Iwb21leAS07XFjbGNrBLTtcWV4dG4DYWVtAjExAHNydGMGYXBwX2lkDDM1MDY4NTUzMTcyOAABHiHFe2MBLJyAHYgL9XwMeBkEWmpk7zuTYPKwxymIE5gu2DF-N9go4Ihtdsg__aem_I0OwKSjL1O56atZlKdmlnQ
Velasco Chávez mencionó que se tiene registrado en el primer semestre de 2026, un total de 296 matrimonios de los cuales 7 han sido igualitarios.
El trámite del Certificado de No Deudor Alimentario Moroso tiene un costo de 176 pesos. Una persona deudora alimentaria morosa es quien incumple con el pago de la pensión alimenticia durante el periodo establecido por la ley, generalmente de 90 días o más, después de una resolución judicial.

