*Las quejas son improcedentes y no les asiste la razón a las aquejosas
*Inconformes con el dictamen pueden recurrir a otra instancia
Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Colima resolvió este día las impugnaciones presentadas por tres aspirantes a participar en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Colima, confirmando que en los casos analizados “no les asiste la razón” a las profesionistas que se quejaron de haber sido “excluidas del proceso selectivo”, confirmándose los listados presentados por los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Las tres profesionistas que impugnaron las listas de dichos comités se quejaban de haber sido excluidas del registro de aspirantes a los cargos de Magistrados y Jueces Locales, con lo cual aducían se violaron sus derechos político-electorales.
Las quejosas presentaron ante el Tribunal Electoral del Estado de Colima solicitud de Juicio para la Defensa Ciudadana.
Ellas fueron Katia Jazmín Guía Olmos, Fernanda Toscano Martínez y Maricela Teresa Hernández Flores, a quienes se les abrió los expedientes JDCE04/2025, JDCE-05/2025 y JDCE07/2025, respectivamente.
Katia Jazmín Guía Olmos, quien en su carácter de aspirante a Magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Colima, se quejó de haber sido excluida del listado de personas elegibles, publicada el día 11 de febrero del 2025, por el Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado, argumentando la falta de prevención e información por parte de la autoridad responsable, a lo que aduce una vulneración sus derechos político electorales consagrados en la Constitución Política.
Fernanda Toscano Martínez, quien en su carácter de aspirante a una judicatura de primera instancia del Poder Judicial, también se quejó de haber sido excluida del listado de personas elegibles, publicada el día 12 de febrero del 2025, por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo, argumentando la falta de prevención e información por parte de la autoridad responsable, a lo que aduce una vulneración sus derechos político electorales consagrados en la constitución política.
En el caso de Maricela Teresa Hernández Flores, quien en su carácter de aspirante al cargo de judicaturas de primer instancia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, quien también fue excluida de la lista de personas elegibles, publicada el día 11 de febrero del 2025, por el Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado; así como el que no se le haya notificado personalmente en ningún momento, los motivos, causas o circunstancias por las que no cumplió con los requisitos de elegibilidad, a su decir se le violenta su derecho de ser votada.
En los tres casos analizados por el pleno del TEE se resolvió que dichas impugnaciones eran improcedentes, sin embargo se dejo abierta la posibilidad de que las quejosas pudieran controvertir dichas sentencia definitiva ante la autoridad correspondiente.

