El TEE le “da vida momentánea” al PES Colima y Fuerza por México Colima

0

*Revocó acuerdo del IEE que canceló el registro de ambos institutos políticos; no se les concedió a esos partidos el derecho de audiencia.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Colima (TEE) dio “esperanzas y vida” por cinco días más a los partido Fuerza por México Colima (FxM Colima) y Partido Encuentro Solidario Colima (PES Colima) que habían perdido su registro como partido político estatal al no alcanzar la votación requerida para la conservación del registro y, por ende, las prerrogativas económicas que de ello se desprenden.

Y es que el Tribunal Electoral del Estado “revocó” la resolución radicada R004/2024, mediante el cual se las canceló el registro como partido político local a los partido Fuerza por México Colima y Partido Encuentro Solidario Colima, una vez que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) “no fundó ni motivó correctamente su actuar y por no haber concedido a esos partidos políticos el derecho de audiencia consagrado en la Constitución General de la República”.

El TEE resolvió los recursos de apelación presentados por separado por los citados partidos políticos, los cuales habían quedado radicados en los expedientes RA-38/2024 y RA-39/2024, ante el Tribunal Electoral del Estado.

En la sentencia emitida por el TEE se señala que en los casos que se discuten “son una cuestión notoria y evidente para este Tribunal, que con la resolución reclamada se le privó al Partido Encuentro Solidario Colima y al partido Fuerza por México Colima, de su derecho de garantía de audiencia”.

En ese sentido, señala la sentencia, el derecho de audiencia consagra que previo a cualquier acto de autoridad que pueda privarla de sus derechos o posesiones, el justiciable tenga la oportunidad de defenderse correctamente, teniendo la posibilidad de ofrecer pruebas formular alegatos que sean tomados en cuenta para resolver el fondo del asunto.

En ambos asuntos, que se presentaron por separado, se consideró que les asiste la razón a los partidos impugnantes, en cuanto a que lo conducente era que se les hubiera concedido el derecho de audiencia.

En consecuencia el Tribunal Electoral del Estado revocó la resolución dictada en el acuerdo R004/2024 emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado en la parte concerniente a la cancelación del registro ante dicho organismo del Partido Fuerza por México Colima y Partido Encuentro Solidario Colima, y consecuentemente dejó sin efectos los actos realizados en cumplimiento de dicha resolución.

Ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado “emitir un nuevo acuerdo en un plazo de 5 días, una vez notificada la presente sentencia”, y recomienda que antes de emitir una nueva resolución conceda el derecho de audiencia a los partidos políticos, a fin de que manifiesten lo que a su derecho convenga y presenten las pruebas que estimen conducentes.