ALERTA COLIMA CON MARCHAS, BLOQUEOS Y PAROS CONTRA LA REFORMA LABORAL

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    Ignacio Carrillo Cárdenas del Snte, Ulises Moreno Gallardo de SAGARPA y Carlos Francisco Chávez Álcaraz de SEDESOL, integrantes de la Presidencia Colegiada de la FEDESSP, señalaron que su postura se deriva por la reunión que celebraron en días pasados los 47 dirigentes de los sindicatos que integran la Central y mandataron a la Presidencia Colegiada a llevar a cabo las acciones que sean necesarias.

    No se descartan paros laborales, mítines, marchas y bloqueos de avenidas, los cuales les permitirán defender, en sus propios centros de trabajo, los derechos que la reforma laboral les pretenda conculcar.

    También, dijeron que han estudiado y analizado profundamente la Iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo Federal, y encontraron que en su contenido se contemplan artículos cuya reforma, adición o propuesta de derogación, pueden afectar los derechos adquiridos por los trabajadores que la Constitución ya les garantiza.

    “Por lo cual, queremos expresar también nuestra solidaridad con la clase trabajadora en general, debido a que en el predictamen distribuido hace días por la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, persiste en graves afectaciones a sus derechos individuales”.

    Asimismo, mencionaron que el pre dictamen incluye temas tendientes a trastocar los derechos sociales que son extensivos a los trabajadores del Estado sujetos al régimen laboral del Apartado “B” del Artículo 123 constitucional, en términos del artículo 11 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, pues se aplica de manera supletoria lo dispuesto en la norma general.

    Algunos ejemplos de afectaciones a los Servidores Públicos son la subcontratación o terceriarización (outsorcing), prueba y capacitación inicial, como nuevas figuras de contratación, entre otras, y que persisten en el pre dictamen, tal como el no precisar ¿cómo se regularán los mínimos derechos de seguridad social, jubilación y antigüedad de los trabajadores?, facultando al patrón decidir unilateralmente la terminación del contrato.

    Respecto a las nuevas figuras de contrato de trabajo: temporada, prueba, capacitación inicial y por hora, el pre dictamen elimina esta aplicación a los trabajadores técnicos. Lo cual atomiza la jornada de trabajo y lejos de generar empleo pretende engañar repartiendo entre muchos trabajadores los pocos espacios, en consecuencia, despoja de Seguridad Social lo que trae graves efectos en la jubilación y en la antigüedad del trabajador, que no es posible computarse con estos mecanismos, atentando así contra la estabilidad en el empleo, al facultar al patrón a decidir unilateralmente la forma de contratación y la permanencia del trabajador, verbigracia los llamados contratos de capacitación y de prueba.

    Expresaron los representantes locales que su presidente Colegiado Bernardo Quezada Salas, dijo: “Desde nuestro punto de vista, aun cuando se estaría de acuerdo en cuanto a la necesidad de incluir estas figuras dentro de la Ley Federal del Trabajo para lograr adaptar la norma a la realidad laboral mundial, para lograr su aplicación es necesario establecer los mecanismos paralelos que garanticen el respeto absoluto de los derechos de los trabajadores tanto individuales como colectivos, destacando la seguridad social y la estabilidad en el empleo”.

    Sobre la subcontratación resaltaron que su presidente colegiado Quezada Salas señaló que el predictamen mantienen el carácter proteccionista hacia el patrón al despojar a los trabajadores que han acreditado ser despedidos injustificadamente, del pago total de los salarios caídos, limitándolos arbitrariamente a un máximo de doce meses, cuando el pago total de los mismos es consecuencia de un acto injusto e ilegal atribuible exclusivamente al patrón.

    Añadieron que respecto al pago de indemnizaciones, el predictamen tiene la misma propuesta que el Ejecutivo federal, pues éste tendría la facultad de emitir la tabla de enfermedades del trabajo y de valuación de incapacidades de ley.

    Con esto se atribuye facultades exclusivas del Poder Legislativo, previa opinión de la comisión consultiva nacional de seguridad y salud en el trabajo, en la que solamente podrían participar las organizaciones sindicales, que determine la secretaría del trabajo y previsión social.

    Además violenta el derecho de los trabajadores a ser debidamente representados y afectando sobre todo la garantía de irretroactividad de la Ley prevista en los artículos 14 y 16 constitucionales, al ser un derecho adquirido.

    Refirieron que viola el Convenio 155 suscrito por México con la Organización Internacional del Trabajo sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente en el trabajo.

    Finalmente, resaltaron que su presidente colegiado de la FEDESSP dio a conocer que los abogados de esta federación prepara ya posibles amparos y acciones de inconstitucionalidad para apoyar a todos los sindicatos que la conforman.