*Así lo dictaminó la Suprema Corte al resolver controversia promovida por Movimiento Ciudadano.
Alfredo Quiles Cabrera| CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), avaló la reforma electoral de Colima que redujo de 90 a 60 días el plazo máximo de las campañas por la gubernatura, a una semana del inicio del proceso electoral en el estado. La medida busca aplicar criterios de austeridad y reducir el gasto.
Es de recordar que la reforma a la Constitución y, por consecuencia, a las leyes electorales locales, fue impugnada mediante una acción de inconstitucionalidad promovida por la dirigencia nacional de Movimiento Ciudadano (MC).
Movimiento Ciudadano en su acción de inconstitucionalidad argumentó que acortar las campañas vulnera el derecho a la información, el voto libre e informado y la deliberación democrática, además de afectar los principios de equidad, certeza e igualdad de oportunidades en la contienda.
La Corte concluyó que las afectaciones señaladas por MC eran “hipotéticas y carecían de sustento objetivo”, además de que el nuevo plazo se aplica por igual a todos los partidos y candidaturas y está dentro de los límites establecidos en el artículo 116 de la Constitución federal.
“La reforma impugnada establece un plazo máximo de 60 días para las campañas electorales por persona gobernadora, por lo que se encuentra dentro de los parámetros constitucionales”, dijo la ponente Sara Irene Herrerías Guerra.
En tanto, el ministro Giovanni Figueroa Mejía también destacó que la decisión de disminuir el tiempo de las campañas se hizo por distintas finalidades, “entre ellas para fortalecer el principio de austeridad, consolidar el principio de racionalidad del gasto público, generar condiciones adecuadas de equidad en la contienda, favorecer un debate eficiente y fomentar la emisión de sufragios libres e informados”.
“Con mayor razón porque la disposición normativa sometida a control de constitucionalidad no hace ninguna distinción entre las diversas fuerzas políticas, partidos políticos o candidaturas, sino que el legislador dispone el mismo periodo comicial para todos los actores políticos de esa entidad federativa”, agregó.






