Bitácora Reporteril
Por: César Barrera Vázquez
La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló, con seis votos de las y los ministros del “Acordeón”, que la Unidad de Inteligencia Financiera pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial. Dicho de otro modo: el Estado puede afectar el patrimonio de una persona sin pasar primero por un juez.
Antes, la UIF debía acudir ante una autoridad jurisdiccional, aportar indicios y someterse a control judicial. Hoy, la medida se vuelve administrativa y, por tanto, discrecional. Se invierte la lógica: primero se congela, luego —si acaso— se litiga y se aportan elementos probatorios para justificar jurídicamente esta acción.
Con esto, ¿qué se gana y qué se pierde? Sí, se gana velocidad para actuar contra operaciones financieras sospechosas, pero se pierde una garantía básica: el control previo de un juez. Y cuando se trata de derechos patrimoniales, ese control constituye la principal línea para evitar excesos y actos arbitrarios de la autoridad.
En el plano constitucional, el tema es delicado: México reconoce, vía bloque de constitucionalidad, estándares internacionales que exigen medidas proporcionales, motivadas y sujetas a control judicial cuando se afectan derechos; por eso, sin este filtro el riesgo de arbitrariedad crece de manera significativa. Y recordemos los casos de Rosario Robles, Ricardo Anaya, así como de periodistas y defensores de derechos humanos, quienes han sido víctimas del aparato de gobierno utilizado con fines represores o de venganza política.
El argumento oficial es la eficacia en el combate al lavado de dinero. Nadie discute la necesidad de herramientas ágiles contra redes financieras ilícitas. El problema es el diseño: una herramienta poderosa, sin contrapesos suficientes, termina siendo un incentivo al exceso.
Y cuando el equilibrio entre poderes se debilita, las decisiones de alto impacto requieren más, no menos, controles. Un congelamiento de cuentas no es un acto neutro: paraliza empresas, afecta empleos, asfixia económicamente a personas. Si además puede usarse selectivamente, el daño deja de ser sólo económico y se vuelve político con un impacto terrible para nuestro ecosistema democrático.
¿Existen garantías de que no se utilizará como mecanismo de presión? La respuesta honesta es que dependerán menos de la ley y más de quién la aplique. Y ese es precisamente el problema: los derechos no deben descansar en la buena voluntad del poder.
La Corte tenía la oportunidad de fortalecer el combate al crimen sin sacrificar garantías y demostrar que está de parte de las y los ciudadanos, al tiempo que mandaba un mensaje contundente de autonomía. Optó por supeditarse una vez más al poder ejecutivo, privilegiar al aparato gubernamental y constatar, de nueva cuenta, que la reforma al poder judicial tenía precisamente ese objetivo.
Dos puntos.
Mientras se afinan instrumentos que amplían el margen de acción del Ejecutivo, proliferan actos proselitistas fuera de los tiempos legales. Pintas de paredes, volantes, movilización. Si la autoridad electoral tolera lo evidente, la regla deja de ser regla. Y sin reglas claras, la competencia deja de ser equitativa.
*Las opiniones expresadas en este texto de opinión, son responsabilidad exclusiva del autor y no son atribuibles a CN COLIMANOTICIAS.

