Aprueba el Congreso Minuta de Reforma Constitucional de Igualdad Sustantiva; se garantizan derechos de las mujeres

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*Se erradica la brecha salarial por razones de género y se garantiza los derechos de las mujeres y puedan vivir una vida libre de violencias *Se establece que “los nombramientos de las personas titulares en la administración pública del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y Municipios, deberán observar el principio de paridad de género”

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  La Sexagésima Primera Legislatura del Estado, con la presencia de 22 diputados, aprobó esta mañana por unanimidad la minuta de Reforma Constitucional de materia de Igualdad sustantiva, perspectiva de género y erradicación de la brecha salarial por razones de género, que garantiza los derechos de las mujeres y puedan vivir una vida libre de violencias, así como cerrar la brecha salarial por razón de género.

En sesión ordinaria convocada a las 8.30 de la mañana, los diputados locales aprobaron dicha reforma que modifica los artículos 4°; 21; 41; 73; 116; 122 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos apoya a las mujeres que trabajan y estudian rumbo a una sociedad más justa, más equitativa y más inclusiva para hacer una igualdad de género una realidad.

Esta reforma fue aprobada este martes por el Congreso de la Unión, enviada a los Congresos Estatales la minuta respectiva y el Congreso del Estado, como ha sido costumbre, se apresuró en Fast Trak aprobar la misma sin mayores trámites.

Esta reforma eleva a rango constitucional la obligación del Estado de garantizar el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres, y reconoce que en nuestro país existe una diversidad de familias.

Se establece que el Estado mexicano tiene un deber reforzado en tareas de seguridad pública, ya que tendrá que maximizar sus funciones cuando se trate de proteger a mujeres, adolescentes, niñas y niños.

De ahora en adelante la actuación de las instituciones que comprendan el Sistema de Seguridad Pública se regirá, además de los ya previstos, por el principio de perspectiva de género.

El principio de paridad de género deberá observarse cuando se lleven a cabo los nombramientos de las y los titulares del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y municipios.

Además, agrega, la actuación de las instituciones de procuración de justicia de los estados se regirá por el principio de perspectiva de género; y se fija su obligación para que cuenten con fiscalías especializadas de investigación de delitos de violencias por razones de género.

Aunado a ello, se incorporan mecanismos laborales, tanto del apartado A como del B del artículo 123, para reducir y erradicar la brecha salarial.

La igualdad sustantiva se reconoce principalmente la garantía de vivir una vida libre de violencia.

Se establece un artículo tercero transitorio para otorgar a las entidades federativas un plazo que no exceda de 180 días, a partir de la entrada del decreto, con la finalidad de que se establezcan disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los supuestos de egresos correspondientes, así como las atribuciones y obligaciones necesarias para garantizar los derechos que se reconocen en el decreto.

En este sentido, el Artículo 4 Constitucional establece que “La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Está protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.

“Toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolecentes, niñas y niños. La ley definirá las bases y modalidades para garantizar su realización de conformidad con lo previsto en los artículos 21, párrafo noveno y 73, fracción XXI, penúltimo párrafo de esta Constitución”.

Se señala que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º. de esta Constitución que garantiza los deberes reforzados de protección del Estado con las mujeres, adolescentes, niñas y niños; así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de 21 conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia.

“La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, así como por la perspectiva de género y el respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución”.

En su artículo 41 se establece que “los nombramientos de las personas titulares en la administración pública del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y Municipios, deberás observar el principio de paridad de género. Las leyes determinarán las formas y modalidades que correspondan”.

Y en su inciso C se señala que “las autoridades federales podrán conocer de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta. También podrán conocer de las medidas u órdenes de protección que deriven de violencias de género en contra de las mujeres o de delitos del fuero común relacionados con las violencias de género contra las mujeres, en términos de las leyes correspondientes”

En materia laboral se reforma el artículo 123 y se establece que “a trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta sexo, género ni nacionalidad. Las leyes establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género”.

Esta minuta fue aprobada sin mayores trámites y tan solo a unas horas de haber sido recibida la misma en el Congreso del Estado para su aprobación.