*Con este Programa se busca la oxigenación del máximo órgano de impartición de justicia en la entidad mediante el relevo generacional.
Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- El pleno del Congreso del Estado, con votación mayoritaria de las fracciones parlamentarias de Morena y sus Aliados e Independientes, fue aprobado este día “un Programa Temporal de Retiro Voluntario única y exclusivamente para las y los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante la figura de pensiones por jubilación, vejez y retiro anticipado en edad avanzada, según corresponda”.
Es de mencionar que hace dos meses este (el 8 de abril) Proyecto había sido retirado por los legisladores de Morena por la falta de un estudio y análisis financiero.
Sin embargo, ahora la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales presentó oficialmente el dictamen correspondiente a la Iniciativa de Ley con proyecto de Decreto suscrito por el Grupo Parlamentario de Morena que incorpora en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima “un programa temporal de retiro voluntario de las y los magistrados propietarios del Supremo Tribunal de Justicia del estado de Colima; así como un régimen transitorio de pensiones para quienes opten por acogerse al mismo”.
Este Programa de retiro voluntario de Magistrados, según el documento de Morena, “busca la oxigenación del máximo órgano de impartición de justicia en la entidad mediante el relevo generacional, al establecer condiciones para que en forma paulatina, puedan converger en ese órgano colegiado, tanto la experiencia de quienes ejerzan actualmente el cargo, como de quienes asuman por primera ocasión tales encomiendas”.
“Las circunstancias anteriores, generan de suyo que los servidores públicos de carrera, pertenecientes al Poder Judicial Local, como otros profesionistas de otras ramas del derecho, puedan aspirar legítimamente a asumir la magistratura y con sus novedosas aportaciones, generen una amalgama de conocimientos y experiencias con los demás integrantes del Pleno que se traduzca en una visión integral desde diversas ópticas, por parte del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, en beneficio de los justiciables y de los demás servidores públicos de la institución.
“Con la presente iniciativa, se busca favorecer la rotación en los cargos de la administración de justicia, así como retribuir a quienes se han desempeñado por un largo tiempo en la impartición de justicia, mediante la entrega de una pensión digna en términos de la Ley; pues es un hecho notorio que todos los servidores públicos, y en el caso los magistrados tienen derecho a un descanso como parte de la dignidad humana, y a una prestación económica que concuerde con los años y aportación dedicados al servicio activo en dicho Poder”.
El documento aprobado por mayoría de diputados de Morena, Aliados e Independientes señala que este Programa va dirigido únicamente a Magistradas y Magistrados Propietarios en funciones que hayan cumplido a la fecha, o que cumplan con los requisitos para acceder a una pensión por jubilación, por vejez o por retiro en edad avanzada, según corresponda, en términos de lo que dispone la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima”.
El decreto entra en vigor a partir de su publicación y hasta el día 31 de julio de 2027.
Se señala que los Magistrados propietarios que opten por acogerse al presente programa, deberán cumplir con los requisitos correspondientes, y manifestar expresamente su voluntad de incorporarse al mismo.
Se indica en el documento aprobado que los Magistrados que cumplan con los requisitos para pensionarse establecidos en la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, y que se acojan al programa señalado se les deberá aprobar con cargo al propio Presupuesto de
Egresos del Poder Judicial del Estado de Colima “una prestación económica adicional en forma proporcional en los términos señalados en la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, según corresponda en cada caso.
“Dichos pagos, surtirán sus efectos a partir de que el Instituto de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima haya determinado en los términos de Ley, la pensión que corresponda en cada caso; y en ningún caso la suma de ambos conceptos deberá superar la remuneración que como activos percibieran las personas que desempeñen las Magistraturas que se pensionen al momento de determinarse la misma.
“La suma conjunta de ambas prestaciones, tendrá la misma temporalidad y efectos de actualización que la pensión decretada por Instituto de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima”.
Se aclara que los Magistrados que opten por incorporarse a dicho programa en el presente año 2024, deberán, desde la entrada en vigor del presente decreto, informar por escrito a la Oficialía Mayor del Poder Judicial del Estado y al Instituto de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, su voluntad de incorporarse al citado programa, para efectos de que se tomen las previsiones tanto administrativas como financieras que correspondan.
Por lo que se refiere a las y los Magistrados que deseen incorporarse en los años subsecuentes 2025, 2026 y 2027, los mismos, deberán informar a las áreas señaladas a más tardar el día 31 de julio del año inmediato anterior, respectivamente, a fin de que ello pueda ser considerado en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos que remita el Ente Judicial a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, y con ello, se tomen las previsiones administrativas y financieras que corresponda.
Asimismo, se señala que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Colima deberá realizar las adecuaciones presupuestales que correspondan, para generar la suficiencia presupuestaria para la entrega de la prestación económica prevista en el presente decreto, las cuales deberán ser
informadas a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
Para los ejercicios presupuestales subsecuentes necesariamente el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Colima deberá contemplar lo conducente, en los respectivos Anteproyectos de Presupuesto de Egresos. El Poder Ejecutivo Estatal y el Congreso del Estado, anualmente, deberá
tomar en cuenta lo anterior al aprobar el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial, a fin de garantizar debidamente la suficiencia presupuestaria correspondiente para cubrir las prestaciones señaladas en el presente decreto.
Extraoficialmente se mencionó que este Programa costará al Estado aproximadamente 200 millones de pesos.
La remuneración bruta mensual percibida en este año 2024 por las y los Magistrados que asciende a un monto de $88,493.02 mensuales, y el actual límite máximo mensual de las pensiones que otorga el Instituto de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, que asciende a $52,113.6 pesos, se advierte que el monto en cuestión representa el 58.89% de las que perciben en activo.
El decreto fue aprobado por mayoría de votos de Morena y diputados aliados.

