¿Es legal que Jalisco exija permiso a vehículos foráneos para circular en su territorio?

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Por: Ángel Durán.

Fíjese que, sí es legal, ¿por qué? Resulta que Jalisco es otro Estado más que empieza a cumplir con lo que establece el artículo 4º. de nuestra Constitución; específicamente la obligación que tienen todos los Estados de la República mexicana, para garantizar el derecho humano a vivir en un ambiente sano, entre otras obligaciones como país, nos comprometimos a que todo el parque vehicular no contamine. Incluso las obligaciones son internacionales para cumplir con el combate al calentamiento global y las adquiridas en la agenda 20-30 de ONU.

Ese es el principal fundamento, de una noticia que ha circulado en nuestro Estado, haciendo creer de manera generalizada que, para ir a Jalisco se tiene que sacar permiso; información que mi juicio alarmó a la población, pero nada que ver con ese alcance; jamás se podría entender una medida de esa naturaleza.

El derecho al libre tránsito, que se encuentra en el artículo 11 de la Constitución, por supuesto tiene algunos límites, esos límites tienen frente así, el deber como persona, de cuidar los derechos de los demás, como es el caso de que, si tengo un carro, hasta por lógica sé, que no debo contaminar y que, si lo hago, con seguridad me lo quitarán y me obligarán a que lo arregle.

Por eso desde el 9 de abril de 2019, el Estado de Jalisco emitió el Decreto 27260/LXII/2019, que establece las bases del programa de verificación vehicular, llevando acabo varias reformas legales; como: La Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, donde obligan a al Estado a que su parque vehicular no contamine y en zonas conurbadas de ser necesario pueden imponer otras medidas más severas como; evitar circulación de carros en determinados días, si la calidad de aire tienen niveles altos, hasta limitar hacer ejercicio u otros como sucede en la ciudad de México; pero todo esto se hace para proteger la salud de las personas y para tener un ambiente sano.

El artículo 44 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco establece la obligación de que, todo automotor por supuesto que circulen el Estado de Jalisco, debe tener visible y vigente el holograma de verificación de contaminantes. El artículo 185 de la misma ley, establece la obligación al que todos estamos obligados por aquel estado, de sujetarnos a la verificación vehicular para revisar si cumplimos con los parámetros máximos de contaminación.

Por eso es que, con fecha 3 de marzo de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco que, a partir del 1 de agosto de 2021, empezaría a exigir que todos los vehículos que circulen en el Estado, tendría que tener de forma visible el engomado de verificación. Lo anterior dio lugar a la reforma el párrafo primero del artículo 328; del Reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:

Artículo 328. Los vehículos automotores que circulen en el Estado deberán ser sometidos cuando menos una vez al año a la verificación de emisiones de gases contaminantes, y contar con el comprobante a que se refiere el artículo 5 fracción XII de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, de verificación vehicular adherido en cualquier parte visible del vehículo.

Varios Estados (16) y ahora se les agrega Jalisco, ya regulan la verificación vehicular, exactamente igual; Colima, es uno de los que se ve no ha cumplido en este compromiso de manera integral, sería mejor que en todo el país ya se exigiera esa calca porque el fin es para cumplir a corto, mediano y largo plazo el cuidado del aire. Aquí le dejo una liga para que vea qué estados sí están cumpliendo y quienes faltan por adoptar estas medidas. https://www.gob.mx/semarnat/acciones-y-programas/programas-de-verificacion-vehicular-pvv

¿Sabe qué? le sugiero investigar todo lo que lee y reenviar información sin investigar el mensaje integral. El contenido de esta noticia ya está en la ley desde el 9 de abril de 2019, no es noticia nueva. Continuará

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