TAREA PÚBLICA

0

REFORMA LABORAL

Por: Carlos Orozco Galeana

Aun cuando no le acompaña el bombo y el platillo a esta reforma de los artículos 107 y 123 constitucionales, como a la energética, la educativa o la de telecomunicaciones, no puede negarse el impacto que tendrá en la sociedad mexicana si se cumplen sus   disposiciones.

Porque en México, tenemos un arsenal de leyes, pocos países nos ganan en ello, pero su cumplimiento nomás se queda en veremos. La ley se vende al mejor postor. Así como somos hábiles en crear normas, también lo somos para escabullirnos de ellas. Este es uno de los problemas ancestrales: aceptamos la ley para los otros, o lo que es lo mismo, admitimos  que se haga la justicia, pero en los bueyes de otros, del compadre. Así, si.

La violación a las leyes, de cualquier nivel, es una costumbre, no se diga la de tipo laboral. En este ámbito suceden fenómenos de la peor calificación puesto que hay una parte poderosa, el patrón y una parte débil, el trabajador.  Hace muchos años, allá por los 70 u 80, los abogados se rehusaban a tomar asuntos laborales defendiendo a los trabajadores porque los juicios les eran adversos inevitablemente. Cobraban poco y a veces nada.

Pero las cosas con el tiempo cambiaron. Las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no solo miran a los intereses del patrón, sino también hacia los de los trabajadores y los juicios pueden terminar con fallos favorables a éstos, pero  siempre y cuando los litigantes no se vendan y entreguen el asunto al contrario. Esta realidad menos perjudicial para los trabajadores ha venido imponiéndose y con las reformas citadas pueden mejorar las cosas para equilibrar la relación entre el capital y el trabajo, aunque tememos que puedan resultar de oropel.

Por  unanimidad, pues, el Senado de la República aprobó el 16 del mes pasado una reforma constitucional propuesta por el Ejecutivo Federal en abril pasado en materia de justicia laboral en la que se determinó desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje para sustituirlos por tribunales o juzgados laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas.

Se crea igualmente un organismo  descentralizado que será el encargado de atender audiencias de conciliación entre trabajadores y patrones, cuyo titular será nombrado por el Senado a partir de una terna que deberá enviar el Ejecutivo Federal.

De acuerdo con la iniciativa aprobada, las sentencias de estos órganos y resoluciones deberán observar los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia.

Se establece que para el caso de los estados, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación especializados e imparciales, los cuales tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios. Además, contarán con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y gestión.

México tiene que mirar hacia  la legalidad. Los tribunales que se creen han de ser independientes y autónomos y no obedecer consignas de los políticos  que  nombren a sus directivos. Este cuidado ha de ser esencial para que la justicia laboral reluzca  como plantea la reforma.