STJE tiene hasta el 10 de marzo para dar sentencia en caso de Rafa Mendoza

0

*Será citado a comparecer este miércoles.

Juan Carlos Flores|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), Bernardo Salazar Santana, dio a conocer que ya fue entregado el expediente sobre la destitución e inhabilitación del presidente municipal de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, mismo que tendrá que resolverse hasta antes del 10 de marzo de este año.

En entrevista, el magistrado sostuvo que ya se radicó el asunto, se emitieron los acuerdos correspondientes, relativos primero a tener por excepcionado el expediente para poder actuar nosotros conforme lo marca la Constitución, la Ley de Responsabilidades como  Jurado de Sentencia.

Agregó que el Supremo Tribunal de Justicia está obligado a garantizar su derecho de audiencia y su derecho de defensa ante esta instancia.

Por ello, los acuerdos que se emitieron fue para que el ciudadano Rafael Mendoza, el día de mañana (miércoles) comparezca ante el Tribunal a desahogar una “audiencia de vista” donde se le brinda su oportunidad de que alegue a lo que su derecho convenga y de considerarlo oportuno ofrezca las pruebas que él ofrezca pertinentes para su adecuada defensa.

Destacó que siguiendo las reglas de procedimiento, en este caso se aplica de manera supletoria el procedimiento penal del sistema tradicional, el que estaba antes a la reforma al Sistema de Justicia Penal; se tiene que desahogar una audiencia en la que él comparezca y en la que existe la posibilidad de desahogar o pedir desahogo de pruebas, pero estas tienen que circunscribirse exclusivamente a las que fueron ofertadas y desahogadas en la etapa de instrucción que se siguió en el Congreso o bien que se trate de pruebas supervenientes, que fue lo que se le notificó en su momento el día de ayer tanto al presidente municipal de Cuauhtémoc como a la Síndico Municipal, considerando que el Ayuntamiento debe tener participación en este procedimiento.

“Hay que recordar que si se llega a aplicar la sanción o lo que resulte de este procedimiento de Juicio Político repercute en la integración o pudiera repercutir en la integración del Cabildo, por lo tanto necesita tener intervención el Ayuntamiento”, dijo.

Al preguntarle ante quién es la comparecencia, el magistrado presidente Bernardo Salazar, dijo que originalmente es ante el magistrado instructor, “que es su servidor”.

Refirió que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como atribuciones del presidente, la de instruir los asuntos que sean competencia del Pleno hasta ponerlos en estado de resolución o de sentencia.

Luego de que se determine toda esta etapa de instrucción ante el Tribunal, entonces lo pondremos en estado de resolución y ahí se va a ser ante el pleno de los magistrados (10), erigiéndose en Jurado de Sentencia

Sostuvo que el plazo que tiene para resolverse el Juicio Político es para el día 10 de marzo, por lo tanto, tendremos que ajustar los tiempos a esta fecha.

“Aunque quisimos hacerlo de manera inmediata, -yo tomé la determinación de hacerlo así-, aun cuando se los comuniqué a los magistrados integrantes del Supremo Tribunal, quienes tienen además la información necesaria de que ya se erradicó al Tribunal el expediente de que se citó a una Audiencia con la anticipación que requiere el caso y que marca la Ley y que son 48 horas antes de la celebración de la audiencia”, mencionó.

Enseguida de la Audiencia de mañana, en caso de que comparezca o no lo hagan las personas que fueron citadas: el edil Rafael Mendoza y el representante del Congreso del Estado y para ello tendremos un periodo de 10 días para emitir la resolución.

En el caso del Congreso del Estado, es el presidente de la Mesa Directiva, pero puede nombrar a un representante legal y estará en todo su derecho de hacerlo, lo mismo para el alcalde, quien tiene la facultad de acreditar a sus defensores ante el Poder Judicial.

Señaló que la Audiencia del presidente municipal de Cuauhtémoc, solo tendrá una sola audiencia ante el Poder Judicial.

Sobre las posibles resoluciones que declaraba el Diputado Riult Rivera de que el Poder Judicial puede ratificar, modificar o revertir la sentencia indicó que “sí, efectivamente”.

“Nosotros somos Jurado de Sentencia y si se revisa la ley estatal, responsabilidad de los servidores públicos que regula este procedimiento, la participación del Tribunal es prácticamente mínima y la reduce a que actuemos nada más para ejecutar, para imponer la sanción y ejecutarla, no da mayores opciones”.