Sólo el PRI debe proponer terna a gobernador interino: TEPJF

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Juan Carlos Flores|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- De acuerdo a resolutivos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sería el PRI el que debe de proponer una terna para gobernador interino en caso de anulación de elección.

Lo anterior se desprende de la sentencia SUP-AES-13/2005 del máximo órgano en materia electoral del país, quien ya juzgó una situación similar a la que atraviesa el estado de Colima en el año de 2005 cuando se realizaron elecciones extraordinarias.

En uno de sus párrafos, analiza los alcances de los artículos 55 y 57 de la Constitución Política del Estado de Colima en donde algunas partes fueron invalidadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) después de una acción de inconstitucionalidad promovida por el PRD hace 10 años.

“En esta situación hipotética, con fundamento en el referido artículo 57, reformado, de la constitución local, ese partido A (en un principio triunfador, por las irregularidades que cometió) sería el que propondría la terna para la designación del gobernador interino”.

Y completa: “En este sentido, de conformidad con las consideraciones de esa H. Sala Superior, con fundamento en el referido artículo 57 de la Constitución Local, corresponde únicamente al partido, en un principio triunfador, a través de su fracción parlamentaria en el Congreso, a quien le corresponde proponer la terna para la designación del gobernador interino, pues de lo contrario se estaría haciendo nugatorio dicho mandamiento constitucional”.

La sentencia completa puede leerse en el siguiente link: http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SUP/2005/AES/SUP-AES-00013-2005.htm