Si no hubo orden judicial federal a espionaje político, se vulneraron los derechos humanos: CEDH

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Edgardo Zamora|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   De acuerdo al presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Colima, Sabino Hermilo Flores Arias, una autoridad judicial federal debió haber autorizado el espionaje del Centro Nacional de Inteligencia del Gobierno Federal a un instituto político y una organización popular tras la visita a la entidad colimense del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Sin embargo aseguró que si no se hizo así, se vulneraron los derechos humanos.

Cabe recordar que la delegada de Programas para el Desarrollo en Colima, Indira Vizcaíno Silva, reveló que el Centro Nacional de Inteligencia del Gobierno realizó un informe sobre lo que el PRI y la CNOP estaban organizando en la entidad para la visita del presidente Andrés Manuel López Obrador, el pasado martes 5 de marzo, en Manzanillo.

Flores Arias dijo que: “Sí existe la posibilidad dentro del marco legal de que se realicen intervenciones a comunicaciones privadas, pero solo con autorización de la autoridad judicial y debe ser un juez federal al cual se le plantea la necesidad de obtener una información que permita fortalecer una línea de investigación”.

Apuntó que al tratarse de una instancia de naturaleza federal corresponde a la Comisión Nacional de Derechos Humanos investigar y analizar algún acto que vulnere los derechos humanos de alguna persona, grupo o colectivo.

“El tema de conversaciones telefónicas que son de carácter privado se encuentran protegidas por medio del derecho de intimidad y privacidad, y solo puede ser vulnerado o restringido por medio de una orden judicial”.

Explicó que una conversación privada telefónica sólo puede ser revisada o escuchada por alguna autoridad que investigue la comisión de un ilícito, sobre todo de delincuencia organizada donde se requiera conocer cierta información en algún dispositivo de información como los teléfonos.

“Si no se realizan estas intervenciones de manera legal puede suceder que se vulneren los derechos humanos a la privacidad y también a la intimidad. Y también una intervención telefónica o de comunicaciones o una información obtenida a través de estas formas de comunicación, sin autorización de un juez son informaciones que al haberse obtenido vulnerando este derecho humano cuando se lleve algún proceso judicial, cuando sea utilizado como medio de prueba, el juez negará todo valor probatorio porque habría vulnerado los derechos fundamentales”.

El ombudsman colimense expuso que si existió la intervención y una persona, grupo de personas, colectivo o partido político considera que se vulneraron sus derechos a la intimidad, se debe plantear su queja e inconformidad a un organismo no jurisdiccional de derechos humanos.