Sexting y Grooming deben ser regulados para proteger a niños y adolescentes: Jorge Luis Preciado

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*En México, el sexting es empleado en aproximadamente uno de cada tres niños y jóvenes.

Redacción|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Diputado Federal del Partido Acción Nacional (PAN), Jorge Luis Preciado Rodríguez, adelantó que presentará mañana ante el pleno de la Cámara de Diputados varias iniciativas de ley donde se regulará el sexting y grooming para proteger al sector más vulnerable de nuestra sociedad, como son los niños y niñas, así como los adolescentes.

En conferencia de prensa, el legislador por el Estado de Colima, refirió que en el caso del grooming se está proponiendo de 4 a 8 años de prisión y una multa de 400 a mil UMA´s (*), y en el caso del sexting se fija la pena de seis meses a tres años de prisión y multa de 800 a dos mil UMA´s, en caso de que este último delito sea referente a un menor de edad la pena se incrementará hasta en una mitad de lo ya establecido en esta reforma legislativa.

Preciado Rodríguez señaló que se entiende por sexting al envío de mensajes de carácter sexual, eróticos o pornográficos por medio de dispositivos móviles. En específico es un exhibicionismo en línea (on line) y nace de la contracción de las palabras sex y texting (sexo y envío de texto). Practica que se ha vuelto muy común en las personas, derivada del uso de las redes sociales y las aplicaciones para conocer parejas permanentes y ocasionales.

El legislador explicó que si bien, el hecho de enviar este tipo de material explícito no está restringido ni prohibido por norma alguna, y recae directamente en la libertad de expresión, sí lo es que el mismo puede ser tipificado como delito cuando la finalidad sea la exhibición de personas menores de edad, vaya dirigido a esas mismas o sea divulgado sin el consentimiento de la persona mayor de edad que aparece en el mismo.

De ahí que al ser una práctica existente y comúnmente llevada a cabo en nuestra sociedad, la misma debe ser regulada, puesto que desde la perspectiva de los derechos humanos las consecuencias nocivas de esta es una forma de violencia que propia el señalamiento, la discriminación, la denigración, exclusión y marginación.

En México, el sexting es empleado en aproximadamente uno de cada tres niños y jóvenes.

De acuerdo a una encuesta realizada por el INEGI se señala que un 21% jóvenes manda un mensaje de sexting a alguien que les gusta; un 20% a su novia o novio; un 19% a la ex novia o ex novio; un 18% a amigos, un 14% a su mejor amiga o amigo y un 11% a desconocidos y 4% a compañeros de clase.

Asimismo, en otra encuesta escolar llevada a cabo entre 10 mil estudiantes de edades promedio entre 12 y 16 años, un 36.7 por ciento conoce a alguien que ha enviado o reenviado por internet o celular imágenes suyas de desnudos o semidesnudos a conocidos o desconocidos.

Los investigadores mostraron mayor preocupación sobre el sexting entre preadolescentes, es decir, niños de entre 10 y 12 años, un sector de la población que está accediendo a teléfonos inteligentes de manera más temprana.

En el caso del grooming, el diputado federal Jorge Luis Preciado Rodríguez, especificó que se le conoce a esta acción como “un engaño llevado a cabo por un pederasta y es el acoso cometido por parte de un adulto sobre menores de edad o con el fin de obtener de él imágenes eróticas o pornográficas o para convencerlo, invitarlo o presionarlo para que mantenga un encuentro sexual”.

Este delito se ha ido incrementando internacionalmente sobre todo por comunidades de pedófilos y pederastas, entre ellos se contactan y crean lazos a través de las tecnologías de la información y dentro de ellas intercambian material pornográfico, comparten las vejaciones que llevan a cabo en contra de menores de edad, trata e incluso existen quienes subastan a menores para ser violados y los precios varían dependiendo de la edad de la víctima y de si tiene o no un experiencia sexual forzada previa.

Por esta razón, la intención de presentar estas iniciativas es proteger a los niños que son víctimas de estos delitos y que pueden surgir de diversas formas, como el robo o sustracción de menores, o captados en la calle al padecer mendicidad u orfandad, pero a los que nos vamos a enfocar específicamente son a aquellos que son contactados por una red social, dado que a los niños les gustan estas redes donde pueden conocer gente, intercambiar fotos, videos y actividades de su vida cotidiana, compartiendo gustos e intereses y es un triunfo para ellos el hacer cada vez más grande su lista de amigos en las mismas.

En el caso del grooming, al menos uno de cada siete menores de edad ha recibido solicitudes sexuales, generalmente por adultos que se hacen pasar por “amigos” en las redes sociales, donde 80 por ciento de los que las utilizan aceptan a desconocidos y 43 por ciento habla con ellos.

En el caso del Facebook, la empresa ha dado a conocer que al menos 80 millones de perfiles registrados son falsos; estos son los que, por medio de engaños, son usados para entablar un vínculo con 80 por ciento de los menores de edad (más de 9 millones).

Normalmente esta conducta genera en el caso de nuestro país en otros delitos más graves como con la trata de personas, el abuso sexual y pornografía infantil.

Por lo que es necesario castigar esta conducta ya que en otros países como es el caso de Alemania se castiga con 5 años de prisión, en Australia la pena puede llegar a 15 años y en Escocia a 10 años de prisión.

Aunado a estos dos temas, también vamos a legislar en materia de acoso sexual, laboral y de la calle, así como vamos a promover la creación de una Lista Nacional de Depredadores Sexuales.

El acoso sexual es conocido jurídicamente como hostigamiento y vamos a tipificarlos en tres tipos para incrementar las penas en los existentes como son laboral, sexual y de la calle, donde se incrementa las penas y se tipifica sobre todo el que se da en la calle y el transporte público como el metro, metrobus y en los taxis.

En el caso de la Lista Nacional de Depredadores Sexuales se iniciará en el momento de que se presente una averiguación previa en contra de una persona que haya cometido algún delito de tipo sexual.

Para que en caso de que estas personas que cometieron un delito no sean sólo castigados de manera penal, sino al aparecer en ese listado no se les dé trabajo y estén señalados por la sociedad por los delitos cometidos.