Anula la SCJN la Reforma Electoral de Colima

    0

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en un hecho poco común, anuló en su totalidad la reciente reforma en materia electoral de Colima que impulsaron los legisladores locales del PRI.

    Por 8 votos contra 3, la mayoría de ministros de la Corte llegó a la conclusión de que el proceso que se siguió para aprobar la reforma fue inconstitucional, en virtud de que no se justificó la urgencia para que los cambios se aprobarán en menos de 24 horas.

    La Corte dejó pendiente para la sesión del próximo jueves decidir cuáles serán los efectos de su sentencia, pues aun le falta determinar si para las próximas elecciones se siguen empleando las leyes que estaban vigentes hasta antes de la reforma.

    Al revisar los tres juicios que promovieron en contra de la reforma, la minoría de legisladores del Congreso local y los partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional, el ministro Genaro Góngora Pimentel recordó que las iniciativas de ley se presentaron el sábado 30 de agosto y en menos de 24 horas se aprobaron, se publicaron por ordenes del gobernador en una edición especial y entraron en vigor.

    “Los diputados no tuvieron tiempo para conocer el resultado del dictamen y poder hacer un debate real”, argumentó el ministro Genaro Góngora Pimentel al proponerle a sus compañeros anular las modificaciones a diversos artículos de la Ley Estatal del Sistema de Medios de impugnación en materia electoral, del Código Penal y del Código Electoral del Estado de Colima

    Pero la mayoría de sus compañeros que apoyó su propuesta lo hizo porque estimó que los 15 diputados que aprobaron la reforma, con el voto en contra de 8 legisladores, una abstención y un ausente, lo hizo porque consideró que no se justificó la urgencia para que las modificaciones se hicieran en lo que se conoce como un “fast track”.

    En cambio, la minoría de ministros que se opusieron a la anulación y que votaron a favor de mantener la reforma, concluyeron que, aunque el proceso legislativo fue muy rápido no violó ninguna disposición, porque, en su opinión, la legislación de Colima permite que las reformas se puedan aprobar con esa rapidez.

    Las reformas que anuló la Corte contemplaban diversos temas como las violaciones a la libertad de expresión, la prohibición para pactar la asignación de votos en las coaliciones, la competencia del Tribunal Electoral Estatal para conocer de las impugnaciones, la permisión del financiamiento a los partidos con recursos privados, la modificación del plazo para el registro de candidatos, la prohibición para utilizar voces e imágenes de menores de edad en la propaganda electoral, y la competencia del Tribunal Electoral Estatal para resolver el recurso de la libre asociación y participación ciudadana.

    NOTA COMPLETA
    http://www.eluniversal.com.mx/notas/556357.html