Reglamento de Vialidad faculta quitar vehículo si el conductor no porta licencia; pero sin grúa

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Luis Rosales Chávez|COLIMANOTICIAS

Tecomán, Col.- “El artículo 45 en el reglamento de Tránsito y Vialidad señala que cuando un conductor no porte licencia, será motivo de que se pueda recoger su unidad, nunca dice que con grúa ya que esto es una disposición normativa del congreso del estado mediante el cual dice que todo vehículo que se pueda mover por sí solo no puede ser arrastrado por una grúa”.

Lo anterior fue aclarado por el regidor Francisco Mares, luego de la inconformidad de un gran sector de conductores quienes han denunciado arbitrariedades de agentes de Vialidad al querer utilizar la grúa aun cuando el vehículo puede moverse.

“Y no es nuevo, ya que no es una reforma o una adecuación, nosotros hicimos una reforma en muchos sentidos y son muchos los artículos que se analizaron con la persona que contrató el ayuntamiento, sí señala en el artículo 45 que cuando un conductor esté en un vehículo, si no trae licencia, sí será motivo de que se pueda recoger el vehículo, porque si la persona no trae licencia no se considera apto para conducir”.

Dijo el regidor que le van a entrar a ese análisis: “en la siguiente reunión de cabildo vamos a llevar ese tema para que busquemos ser flexibles, armonizar lo que marca la ley y armonizar la situación económica que prevalece en las familias”.

Señaló el munícipe que harán las gestiones necesarias para que los conductores que no traigan licencia tengan facilidades para obtenerlas.

“Nuestro municipio es agrícola y muchos de los que andan conduciendo son agricultores, son empleados de agroproductores y los ingresos no son suficientes para poder completar el requisito de una licencia que vale más de 800 pesos; por ello vamos a conseguir a través del gobernador algunas facilidades para obtener la licencia para que se pueda a conseguir a mitad de precio para ciertas personas”, señaló.