Ratifican en España pena de prisión para mujer que mató al violador de su hija

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*La hija tenía 13 años cuando fue violada en 1998 por un hombre que fue juzgado e ingresó en prisión, pero en junio de 2005, cuando tenía un permiso carcelario, fue atacado por la madre de la víctima, que lo roció con gasolina y le prendió fuego.

SDPnoticias

España.- Una mujer española condenada por matar al violador de su hija ingresará en prisión tras haber sido desestimada por los jueces la petición de que se suspendiera la pena, informaron hoy fuentes judiciales.

La condenada, María del Carmen García, ingresará en prisión en las próximas horas en aplicación de una pena de cinco años y medio.

Su hija tenía 13 años cuando fue violada en 1998 por un hombre que fue juzgado e ingresó en prisión, pero en junio de 2005, cuando tenía un permiso carcelario, fue asaltado por la madre de la víctima, que lo roció con gasolina y le prendió fuego.

María del Carmen García fue condenada en julio de 2009 a nueve años y medio por el crimen, aunque un año después el Tribunal Supremo rebajó la pena hasta cinco años y medio al aplicarle la eximente incompleta de trastorno mental transitorio.

El abogado de la madre pidió la semana pasada la suspensión de la pena al alegar que su encarcelamiento sería “palmariamente desestabilizador” para “su estado psíquico y físico a causa de su grave enfermedad mental” que, según el letrado, es “incurable”.

Hoy, tras conocer la decisión judicial en un tribunal de Elche (este), la mujer declaró a los periodistas que se dirigía hacia prisión y que después de ocho años se acababa su “calvario” de ir todas las semanas a los juzgados, ya que ha estado en libertad provisional.

Su hija, Verónica, afirmó que todos se encuentran “tranquilos” y añadió: “que sea lo que Dios quiera”.

La defensa había invocado el Código Penal para solicitar la suspensión de la pena, que establece que se podrá otorgar esa medida si el condenado está aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.

Sin embargo, un tribunal provincial desestimó la petición de la defensa y acordó que se proceda al “inmediato cumplimiento” de la pena que se impuso a la mujer.

Para el Tribunal provincial, “el trastorno que sufre la condenada no impide la ejecución de la pena privativa de libertad, pues ni es un padecimiento incurable, ni se ha justificado que la enfermedad” que sufre “pueda verse agravada o ser de imposible tratamiento en prisión”.

Hace dos días, más de veinte organizaciones sociales, sindicales, políticas y profesionales presentaron una nueva petición de indulto para la mujer, a quien ya se le denegó en dos ocasiones anteriores la concesión de esa medida de gracia.

El abogado de la condenada interpuso en su día un recurso de amparo contra la decisión del Gobierno español de desestimar la primera solicitud de indulto y que el Tribunal Supremo resolverá el próximo 4 de junio.