Propone el PRI pérdida de patria potestad por alienación parental

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COLIMANOTICIAS

Colima.- El coordinador del Grupo Parlamentario del PRI en el Congreso del Estado, Federico Rangel Lozano, presentó una iniciativa de ley en la que propone que la práctica de la alienación parental sea motivo de la pérdida de la patria potestad y de la custodia del menor.

Rangel Lozano, a nombre de sus compañeros de bancada y de los diputados del PVEM, PT y Nueva Alianza, planteó también que la alienación parental, que es la manipulación de un progenitor hacia sus hijos menores de edad  en busca de la denigración del otro progenitor, sea considerada una forma de violencia familiar.

Al presentar su iniciativa de reforma a la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia Familia y al Código Civil del Estado, Rangel Lozano consideró necesario procurar que los menores no sufran en el conflicto que se crea durante el proceso de separación de sus padres.

Dijo que la alienación parental orilla a los menores de edad a posicionarse del lado del progenitor que la realiza, cuando éste los manipula en contra del otro, al grado de hacer que los hijos odien y rompan el vínculo filial, con el riesgo de causarles serias complicaciones para su vida futura.

Ante ello, los iniciadores consideraron necesario que esa conducta sea reconocida explícitamente como una forma de violencia familiar en la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia Familiar y en el Código Civil para el Estado de Colima, pues vulnera la salud emocional  de las niñas, niños y adolescentes y los expone a una ruptura de los lazos
familiares, provocada por la premeditación de uno de los padres.

Asimsimo, la iniciativa, turnada a comisiones para su análisis, propone establecer en el Código Civil para el Estado de Colima que la realización de la alienación parental por uno de los cónyuges en contra del otro, sea motivo de la pérdida de la patria potestad y de la
custodia del menor.

Finalmente, Federico Rangel estimó que tanto los órganos legislativos como las autoridades judiciales, conciliatorias y de protección a la familia deben reconocer el problema que se genera cuando alguno de los padres transforma la conciencia de un menor de edad, con el objeto de obstaculizar o destruir los vínculos con el otro progenitor.