Ponen diputados más candados para endeudamiento estatal

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Juan Carlos Flores|COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- Los diputados del Congreso del Estado aprobaron una minuta de reforma constitucional para disciplinar el manejo de las finanzas de los Estados y Municipios.
Esta enmienda implicará que la contratación de créditos sea para inversiones públicas productivas dado que la deuda pública de los Estados y Municipios se disparó en los últimos años y se tiene poca información sobre el destino de esos recursos.
El reformado artículo 117 constitucional contempla que sólo con la aprobación de dos terceras partes de los integrantes de los Congresos de los Estados, podrá autorizarse la contratación de deuda, además se prohíbe la contratación de empréstitos para gasto corriente y se abre la posibilidad de adquirir créditos para reestructurar o refinanciar deudas anteriormente contraídas.
El dictamen con la minuta de la reforma constitucional, leído por el diputado Martín Flores Castañeda, secretario de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, expone que la reforma incorpora a la Carta Magna el principio de estabilidad de las finanzas públicas y su consideración en el sistema de planeación democrática del desarrollo.
Además, otorga al Poder Legislativo Federal la atribución para expedir la ley general relativa a las normas de endeudamiento de los Estados, los Municipios y el Distrito Federal, legislación que deberá abordar los temas de los límites y modalidades para afectar las participaciones en garantía.
Esa norma contemplará la inscripción de los empréstitos contratados en un registro público único de la deuda pública y la creación de un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda pública.
Asimismo, los Congresos Locales contarán con un plazo de 180 días, luego de la entrada en vigor de la ley general relativa a las normas de endeudamiento, para que realicen las reformas necesarias para armonizar su legislación con la reforma constitucional aprobada y con esa la ley citada.
La reforma contempla establecer, en el ámbito del Legislativo Federal, una instancia de control para conocer y emitir observaciones cuando algún estado pretenda obtener la garantía federal para la contratación de empréstitos públicos, si se trata de una entidad que presente un nivel elevado de deuda.