No le corresponde a la SCJN crear nuevas formas de matrimonio: Iglesia

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MEXICO, D.F., 11MARZO2010.- En el edificio del antiguo Palacio del Ayuntamiento de gobierno del Distrito Federal se celebraron las primeros matrimonios entre personas del mismo sexo. FOTO: IVAN STEPHENS/CUARTOSCURO.COM

COLIMANOTICIAS

México.- El Episcopado mexicano defendió el concepto de boda tradicional argumentando que sólo puede celebrar entre un hombre y una mujer, reclamando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que no le corresponde “crear nuevas formas de matrimonio”.

En esta semana, el máximo tribunal de justicia del país ha defendido el derecho de las parejas del mismo sexo para contraer matrimonio. El caso más reciente es el del estado de Colima, donde ayer la SCJN falló en contra de un artículo del Código Civil de esa entidad, que planteaba la figura de “enlace conyugal”, que se celebra entre dos personas del mismo sexo, porque vulnera el derecho a la igualdad y a la no discriminación.

La Corte Suprema decidió que “no existe ninguna justificación racional para negar el acceso al matrimonio a las parejas homosexuales, aun cuando existiera un régimen jurídico diferenciado al cual pudieran optar dichas parejas en lugar de casarse, incluso si la figura en cuestión tuviera los mismos derechos que el matrimonio, pues se les reconocería un conjunto incompleto de derechos siguiendo su orientación sexual”.

Al respecto, autoridades eclesiásticas plantearon: “La Iglesia sostiene que el matrimonio sólo puede celebrarse entre un hombre y una mujer, y defiende este valor para el bien de las personas y de toda la sociedad”, afirmaron los obispos en un comunicado en el que defienden su “derecho a la libertad de expresión”.

El alto tribunal sentó jurisprudencia tras emitir cinco criterios en el sentido de que las leyes de los estados mexicanos que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo son inconstitucionales y “ampliamente discriminatorias”.

Esta posición, además de romper con la “sólida tradición jurídica” de Occidente, “contraviene los principios del federalismo y la razón de ser de los diversos códigos civiles, que pretenden responder a la realidad concreta de cada entidad federativa y su pluralidad, lo que debe reflejarse en las acciones de los jueces”, señalaron los obispos.

Aunque dijeron ser “respetuosos de las instituciones y de las diversas formas de pensar y vivir”, sostuvieron que la discriminación “en este caso no se da, ya que el matrimonio siempre ha sido entre personas de diferente sexo, hombre y mujer”.

“No corresponde a la Suprema Corte crear nuevas formas de matrimonio, porque ya no sería matrimonio, sino otro tipo de unión”, señaló la declaración.

En este caso, añadió, “sí se justifica la distinción, como la hay, por ejemplo, al no permitir el voto a un menor de edad o a un extranjero, ya que no atenta a sus derechos políticos, sino salvaguarda la Nación”.

“Valoramos que nadie deba ser objeto de discriminación, tal como lo consigna el artículo primero constitucional, (pero) esto no significa que deba modificarse la esencia del matrimonio”, apuntaron los obispos.

La magistrada Olga Sánchez Cordero de la SCJN dijo a Efe esta semana que el criterio más importante es el que establece que las “parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia”.

Así, “para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es injustificada su exclusión del matrimonio”, afirmó.

Explicó que ahora corresponde a los estados hacer las adecuaciones pertinentes para que sus normas no sean declaradas inconstitucionales por el máximo tribunal.

En caso de que los estados mantengan una legislación que para la SCJN es “abiertamente inconstitucional”, las parejas homosexuales tendrán que promover un juicio de amparo para que puedan contraer matrimonio en los términos señalados por la Corte.

Y EN GUANAJUATO EXIGEN IGUALDAD

Miguel Valadez Reyes, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato, afirmó que no se requiere de una reforma al Código Civil para validar a partir de ahora los matrimonios entre parejas del mismo sexo en la entidad.

Destacó que la jurisprudencia dictada por la SCJN, que consideró inconstitucionales los Códigos Civiles en entidades federativas que prohíben los matrimonios homosexuales, es una letra que se debe acatar por jueces exista o modificación de la norma por parte de legisladores locales.

En esa entidad, después de la jurisprudencia de la SCJN, con la que se declaran inconstitucionales los códigos civiles locales que reconocen como única unión la de un hombre y una mujer (como el caso de Guanajuato), sin la necesidad de interponer un amparo que pudiera costar entre 30 mil y 40 mil pesos, las parejas homosexuales en esa entidad tienen la posibilidad de contraer matrimonio sin un juicio de por medio.

Hasta ahora, a través de amparos, dos parejas de homosexuales han conseguido que el Registro Civil de Guanajuato los case.

Fuente: sinembargo