Mono aullador deambulaba por calles de la Villa; lo capturan y entregan a la Profepa

0

Juan Carlos Flores|CN COLIMANOTICIAS

Colima.- Una cría de mono aullador fue capturada por vecinos del municipio de Villa de Álvarez cuando deambulaba por la avenida Benito Juárez y entregada a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).

De acuerdo a un comunicado de la dependencia federal, la cría de aproximadamente 3 meses de edad, la encontraron saltando y desorientada, en donde presentaba regulares condiciones de salud.

La cría de Mono Aullador o Saraguato Yucateco fue entregada en las instalaciones de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad.

Con el apoyo de veterinarios del Comité de Vigilancia Ambiental Participativa “Protección y Conservación de Fauna Silvestre”, se le revisó médica, física y etológicamente.

La Profepa consideró que algún particular de la zona citada lo tenía en posesión como mascota y se le escapó, ya que esta especie no se distribuye de forma natural en el estado, siendo su distribución la región sureste de México.

Motivo por el cual realizará la investigación correspondiente para identificar el posible sitio de donde se escapó, así como los posibles canales de distribución y proceder consecuentemente.

Mientras se determine el destino final que tendrá el ejemplar en cuestión, permanecerá en observación en la Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) “Parque Ecológico El Palapo”, ubicada en la comunidad de Agua Zarca, municipio de Coquimatlán, Colima, donde recibirá alimento, atención y trato digno.

El Mono Aullador Negro o Saraguato Yucateco (Alouatta pigra) se encuentra listado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como especie En Peligro de Extinción “(P)”, además de encontrarse incluido en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés).

Es importante resaltar que el aprovechamiento de primates se encuentra prohibido conforme a la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).

De acuerdo al Código Penal Federal, el tráfico ilegal de ejemplares de la vida silvestre, de especies en peligro de extinción o reguladas por algún Tratado Internacional del que México forme parte, es sancionado con pena de prisión de 1 a 9 años y con multa de 300 a 3,000 Unidades de Medida y Actualización.