Incluir cuotas escolares al Código Penal es redundante, ya está en la Constitución: Julio Magaña

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Oscar Cervantes|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El presidente de la Asociación Estatal de Padres de Familia, Julio Magaña Cervantes, consideró que la reforma al Código Penal para que sea delito condicionar la inscripción al pago de las cuotas escolares es redundante, pues ya se contempla en la Constitución que el Estado brinde la educación básica de manera gratuita.

“Es redundante el seguir generando modificaciones a la ley cuando la misma Constitución establece que el Estado está obligado a brindar la educación básica de manera gratuita; sin embargo, se dan opiniones a partir de la percepción que la ciudadanía tiene, en donde se estable que en algunos casos existe la obligatoriedad de hacer aportaciones”, indicó.

El marco legal está perfectamente establecido, la Ley General de Educación crea un capítulo específico de participación social en la educación, en donde se regula la conformación de la Asociación de Padres de Familia y los Consejos Escolares de Participación Social, indicó.

Una de las atribuciones de la Asociación de Padres de Familia es promover la participación de los padres, en algunos casos con aportaciones que pueden ser en lo económico, en especie o en servicios, para contribuir a mejorar las condiciones de los planteles escolares donde estudian sus hijos, y no existe duda que dicha aportación debe ser voluntaria, expuso.

Julio Magaña expresó que bajo ninguna circunstancia, las aportaciones económicas de los padres de familia deben ser obligatorias, y reiteró el exhorto a los papás para que denuncien en caso de que en algún plantel se les pretenda obligar a hacer la cooperación económica las cuales, de darse, deben ser voluntarias, ya que las escuelas sí requieren de recursos para estar en mejores condiciones; sin embargo, no es obligatorio.

“Esta reforma al Código Penal estaría direccionada a los funcionarios de la Secretaría de Educación que sí pudieran incurrir en alguna violación al principio de gratuidad y a la obligación del Estado de generar la prestación de un servicio sin que ello genere ninguna contraprestación al padre de familia, pues las asociaciones de padres de familia no inscribimos niños”, mencionó.