En Villa de Álvarez, quien realice piropos será multado o arrestado

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*foto de archivo

Edgardo Zamora|CN COLIMANOTICIAS

Villa de Álvarez, Col.- Villa de Álvarez busca que las personas que hagan piropos denostativos sean acreedores a multas económicas o arresto administrativo, dentro del Reglamento de Convivencia Cívica.

El regidor villalvarense, Josué Vergara Santana, dio a conocer que se establece un artículo para sancionar con 10 o hasta 30 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), o con arresto administrativo, a quien diga algún piropo, sea hombre o mujer.

La sanción con base en las UMAs es un aproximado de 850 pesos como multa mínima, y máxima de 2 mil 550 pesos.

 “O en su caso, un arresto que hasta cabe por ahí alguna prestación a un servicio a la sociedad”.

El próximo lunes en sesión de cabildo se presentará la conformación del Reglamento de Convivencia Cívica para que regidores realicen aportaciones a fin de mandarlo a gobierno estatal, y sea publicado en el Periódico Oficial del Estado.

“Una vez que se publica en el Periódico Oficial del Estado al día siguiente entra en vigor, nosotros creemos que empezará a correr a partir del lunes (16 de septiembre), si todo sale conforme a lo programado”.

Vergara Santana expuso que los piropos son muy comunes en la actualidad, dirigidos tanto a hombres como a mujeres, motivo por el cual se busca evitar dicha práctica en la sociedad.

SERÁ POR QUEJA Y PRESENTAR PRUEBAS

La persona ofendida por un piropo contará con 10 días naturales para presentar su queja ante un Juez Cívico, ubicado en el complejo de seguridad de Villa de Álvarez.

El regidor del MC mencionó que se concretó que no se actuará por oficio, por lo tanto independientemente de la actividad o de las acciones que se estén desarrollando, si uno ofende a una persona va tener su consecuencia.

“Una vez iniciadas las audiencias de conciliación o las audiencias con el juez cívico esas deben concluir el mismo día, entonces será una cuestión muy sumaria”.

Abundó que el juez cívico trabaja con la Ley Estatal, la cual es general y no está especificado con claridad lo referente a las sanciones.

La persona ofendida deberá presentar pruebas y son todas las que marca el Código Civil, como testimoniales o documentales.

DERECHO A DEFENDERSE

El regidor aclaró que el presunto responsable de haber realizado un piropo también podrá presentar pruebas en su defensa.

“Vivimos en un estado de derecho donde se deben presentar las pruebas y darle la oportunidad de defensa a todos los ciudadanos. Entonces una vez que se le notifique y establezca la posible infracción que se le demostró al ciudadano, cualquiera que sea que aplique en el reglamento de convivencia, el juez se le cita a audiencia y ese mismo día debe concluir todo el procedimiento”.