Candidaturas locales deberán cumplir con principio de paridad; aprueba IEE acuerdo

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*Los partidos políticos, así como las candidaturas comunes, coaliciones y candidaturas independientes, en su caso, deberán seguir los términos y procedimientos de solicitud de registro aprobados para la postulación de candidaturas de Diputaciones y Ayuntamientos.

Redacción|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   El acuerdo que contempla los términos en que se dará cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación de candidaturas para los cargos de diputaciones por ambos principios y las planillas de los diez Ayuntamientos de la entidad, quedó aprobado este martes 17 de octubre por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, durante la Primera Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local 2017-2018; lo anterior en el marco de la conmemoración del 64 aniversario del voto de la mujer que se celebró en esta fecha.

El órgano electoral local consideró que la igualdad de género parte de la necesidad de sentar las bases para una efectiva equivalencia de género y del reconocimiento de que históricamente las mujeres han sido discriminadas y es necesario llevar a cabo acciones que eliminen dicha segregación y acorten las brechas entre mujeres y hombres, tomando en cuenta que las diferencias que padecen las mujeres puede agravarse en función de la edad, la raza, la pertenencia étnica, el nivel socioeconómico, la orientación sexual, entre otros factores.

Con base en la legislación en la materia, el Consejo General expuso que tanto las fórmulas que se presenten para las diputaciones, como la integración de las planillas para los Ayuntamientos, deberán realizarse conforme a la recién aprobada reforma político-electoral por el Congreso del Estado de Colima.

Dentro del acuerdo en referencia, el máximo órgano de dirección expone tablas de orientación para los partidos, candidatas y candidatos, de cómo deberán presentarse las solicitudes de registro ante los órganos del Instituto Electoral del Estado. La suma total de las candidatas y candidatos propietarios respecto de los distritos de la entidad, deberán tener suplentes de su mismo género.

Por lo que respecta a las candidaturas a diputaciones de Representación Proporcional (RP), la lista que se presenten podrán presentarla conformada de manera alternada entre los géneros, independientemente de cuál esté primero en la lista.

En el caso de las candidaturas de los Ayuntamientos, en un primer momento, se deberá cumplir con la “Paridad Horizontal”, es decir, si se registra un número par de planillas para contender a los distintos Ayuntamientos de la entidad, las candidaturas a presidencias municipales corresponderán el 50% a un mismo género, y en caso de que se trate de número impar, el más cercano a dicho porcentaje. Además deberán cumplir con una “Paridad Vertical”, donde en cada planilla deberán alternarse las propuestas de uno y otro género; y tanto propietarias o propietarios y suplentes del mismo género.

Para el caso de las coaliciones entre dos o más partidos políticos, el artículo 278, numeral 1 del Reglamento de Elecciones refiere que deberán observar las mismas reglas de paridad de género que los partidos políticos, aun cuando se trate de coaliciones parciales o flexibles, en cuyo caso, las candidaturas que registren individualmente como partido, no serán acumulables a las de la coalición para cumplir con el principio de paridad.

El acuerdo fue construido al interior de la Comisión de Equidad, Paridad y Perspectiva de Género, presidida por la consejera Noemí Sofía Herrera Núñez, e integrada por las consejeras Martha Elba Iza Huerta y Arlen Alejandra Martínez Fuentes; quienes al interior se dieron a la tarea de establecer de manera clara, precisa y con la oportunidad debida, reglas que permitan asegurar condiciones igualitarias en una parte esencial de la competencia electoral: el registro de candidaturas. Además, durante la primera sesión ordinaria celebrada este martes, la consejera presidenta del IEE, Nirvana Fabiola Rosales Ochoa; así como la consejera Ayizde Anguiano Polanco y los consejeros Raúl Maldonado Martínez y Javier Ávila Carrillo, hicieron algunas aportaciones al proyecto y expresaron su beneplácito por el avance en la materia de paridad de género.

Con este acuerdo aprobado por unanimidad, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima propone las reglas que pretenden inducir conductas que vayan más allá del ejercicio libre para ejercer el voto, que busca producir cambios sociales que esbocen un comportamiento de un colectivo incluyente y sin sesgos de discriminación; de ahí que si bien el documento clarifica lo relativo a la paridad vertical y horizontal recientemente incluida en nuestra Constitución y Código Electoral, se establecen acciones afirmativas para los municipios con menor votación, los cuales al igual que en el caso de los distritos, no serán destinados de forma exclusiva a ninguno de los géneros; y de manera puntual, se establece que “en ningún caso podrán destinar el género femenino al municipio o distrito con votación más baja”. El acuerdo fue arropado por las y los comisionados de los partidos políticos del Consejo General del IEE.

El principio de paridad se encuentra protegido por la Constitución Federal; las normas internacionales de derecho provenientes de tratados, pactos y otros ordenamientos; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; así como en la Constitución local y el Código Electoral del Estado.

En la misma sesión ordinaria de este martes, también fueron aprobadas las Actas de la Trigésima Cuarta, Trigésima Quinta y Trigésima Séptima Sesiones Extraordinarias del Periodo Interproceso 2015-2017, celebradas por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima los días 14 y 18 de septiembre, y 01 de octubre de 2017, respectivamente.