Aprueban diputados crear el Instituto de Transparencia

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*También aprobaron por unanimidad crear la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima

Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- En la sesión ordinaria de este martes los diputados locales del H. Congreso del Estado de Colima, aprobaron una nueva Ley que crea el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima.

El nuevo Instituto vendrá a desempeñar las funciones de la Comisión que actualmente está en funciones, y tendrá carácter de organismo público autónomo, esto a fin de salvaguardar su independencia y fortalecer su operación para el debido cumplimiento de sus objetivos.

La propuesta del Ejecutivo que fue aprobada por los legisladores, crea la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, la cual amplía los objetivos de la legislación anterior y preserva los principios de la máxima publicidad, simplicidad, rapidez y gratuidad.

La nueva Ley establece al Instituto la facultad de corroborar físicamente la existencia de información, esto cuando existan elementos de prueba suficientes que hagan sospechar que ésta es ocultada, además de que señala con mayor precisión quiénes son considerados los sujetos obligados para acatar las disposiciones de este nuevo ordenamiento.

De igual manera, este nuevo ordenamiento establece el procedimiento a seguir para garantizar el acceso a la información pública, así como los recursos de queja en el caso en que los particulares consideren que se viole su derecho a la información.

Entre diversas disposiciones, la nueva Ley enuncia los requisitos que deben cubrir los Consejeros, su régimen presupuestal y se previene la inclusión del servicio civil de carrera para regular las relaciones entre el Instituto y los servidores públicos, esto con la finalidad de privilegiar su permanencia en un esquema de capacitación permanente y profesionalización.

Además de ello, establece mecanismos que aseguran el acceso a la información pública, al mismo tiempo que define los casos en que ésta no podrá ser puesta a disposición de los particulares, definiendo con claridad los diferentes supuestos en los que no es procedente.

La nueva Ley también define con mayor claridad a la información reservada que temporalmente es sustraída del conocimiento público, además de que define lo referente a la información confidencial, que se refiere a la vida privada y los datos personales más sensibles.

Finalmente, el nuevo ordenamiento incluye medidas de apremio y sanciones que podrán imponerse a quienes incumplan las disposiciones establecidas en la misma ley, a la vez que preserva la facultad sancionadora y la hipótesis de aplicar en los casos graves la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.