Al menos 5 aspirantes al Infocol con dudas sobre su elegibilidad; uno fue magistrado del TEE

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*Incluso algunos podrían ser multados por cometer delitos electorales si son elegidos.

Juan Carlos Flores|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- La consejería jurídica del Gobierno del Estado terminó con la etapa de entrevistas a los aspirantes a ser designados como consejeros del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima (Infocol) en donde al menos en cuatro de ellos, podrían no ser elegibles.

La Comisión Dictaminadora realizó entrevistas a los 30 postulantes que cumplieron con los requisitos que estableció la convocatoria, de los 33 que se registraron; aunque no informaron quienes quedaron fuera del proceso.

El que genera mayores dudas es José Luis Puente Anguiano, quien fue electo como magistrado del Tribunal Electoral del Estado (TEE) en febrero de 2013, cargo que ocupó hasta el 2014.

En la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, reformada en el 2015, en su artículo 71, fracción décima que establece que uno de los requisitos para ser comisionado es “No haber sido Gobernador, Diputado, Alcalde, Síndico, Regidor, Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, del Tribunal Electoral del Estado, del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, ni del Tribunal Contencioso Administrativo, dentro de los 3 años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria”.

Además, otros tres aspirantes como José Daniel Miranda Medrado (consejero de la junta local del Instituto Nacional Electoral), José Luis Fonseca Evangelista (consejero del Instituto Electoral del Estado) y Miguel Ángel Núñez Martínez (secretario del Consejo del Instituto Electoral del Estado) estarían imposibilitados en el proceso debido a que todavía ocupan un cargo público y de acuerdo al artículo 86 Bis fracción III de la Constitución Política del Estado de Colima no se puede  “Tener otro empleo, cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia o asumir un cargo público en los órganos emanados de las elecciones en cuya organización y desarrollo hubieren participado durante los dos años posteriores al término de su encargo” y también el Artículo 67 de esa misma ley establece que “el cargo de Consejero será incompatible con cualquier otro empleo o cargo público, de la Federación, de los Estados o los Ayuntamientos, exceptuándose los relativos a la instrucción, de beneficencia pública o los honoríficos en asociaciones científicas o literarias”.

Incluso algunos de ellos podrían ser multados por cometer un delito electoral pues la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en su artículo 18, menciona que “Se impondrá de cuatrocientos a ochocientos días de multa a quienes habiendo sido magistrados electorales, federales o locales, consejeros electorales, nacionales o  locales, secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral o equivalente en los organismos públicos locales electorales de las entidades federativas, desempeñen o sean designados en cargos públicos por los poderes ejecutivo o legislativo cuya elección hayan calificado participado, asuman cargos de dirigencia partidista o sean postulados a cargos de elección popular dentro de los dos años siguientes a la conclusión de su encargo”.

En este caso podrían incurrir en delito José Luis Puente Anguiano, Daniel Miranda, Miguel Ángel Núñez Martínez además de Edgar Badillo quien fue consejero del IEE hasta el 1 de octubre de 2014.